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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2024 (30/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 30 de julio de 2024 El Peruano / “Artículo 252-Aº.- Unidades Orgánicas de la Intendencia de Aduana de Chancay Son unidades orgánicas de la Intendencia de Aduana de Chancay las siguientes: 07.5.1 Gerencia de Regímenes Aduaneros 07.5.2 Gerencia de Riesgo, Control y Procesos Transversales” “Artículo 252-Bº.- Gerencia de Regímenes Aduaneros La Gerencia de Regímenes Aduaneros es una unidad orgánica dependiente de la Intendencia de Aduana de Chancay, que se encarga de conducir la prestación de los servicios relativos a los mani fi estos de carga y a los regímenes aduaneros a cargo de la Intendencia, así como la determinación de la deuda tributaria aduanera, recargos y sanciones administrativas previstas en las normas pertinentes y la gestión de garantías asociadas a estos regímenes; a excepción de la atención de las solicitudes de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios (drawback).” “Artículo 252-Cº.- Funciones de la Gerencia de Regímenes Aduaneros Son funciones de la Gerencia de Regímenes Aduaneros las siguientes: a) Resolver las solicitudes de autorización especial de zona primaria para la modalidad de despacho anticipado; así como validar y elevar a la Intendencia los proyectos de resolución que atienden las solicitudes de extensión de zona primaria, con excepción de los casos comprendidos en el proceso de despacho anticipado. b) Autorizar y aceptar las garantías nominales presentadas en los diferentes regímenes aduaneros de su competencia. c) Conducir la determinación de la deuda tributaria aduanera, recargos y sanciones administrativas previstas en las normas pertinentes, vinculadas al ámbito de su competencia; excepto las que resulten de las intervenciones de otras unidades de organización. d) Dirigir el cumplimiento de los plazos, fi nes, destinos y locación por los que se otorgó bene fi cios a las mercancías sujetas a los regímenes aduaneros de su competencia. e) Conducir la formulación y atención de los planes y acciones que se llevan a cabo para la aplicación de los dispositivos y procedimientos relativos al ámbito de su competencia, con las exigencias de garantías de corresponder. f) Conducir la ejecución de los procesos de su competencia, así como la gestión de las unidades de organización bajo su dependencia. g) Conducir las propuestas de mejora y los proyectos de informe sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados, en el ámbito de su competencia. h) Cumplir otras funciones que, en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia de Aduana de Chancay.” “Artículo 252-Dº.- Gerencia de Riesgo, Control y Procesos Transversales La Gerencia de Riesgo, Control y Procesos Transversales es una unidad orgánica dependiente de la Intendencia de Aduana de Chancay, que se encarga de conducir la atención de los servicios relativos a los procesos de recaudación y contabilidad, restitución simpli fi cado de derechos arancelarios (drawback), devolución por pagos indebidos o en exceso, y determinación de la deuda tributaria aduanera, recargos y sanciones administrativas previstas en las normas pertinentes; así como de los recursos regulados por la Ley del Procedimiento Administrativo General y las quejas, con excepción de las que están a cargo de la Intendencia Nacional de Impugnaciones, y de las consultas que correspondan a la Intendencia y a sus unidades de organización. Asimismo, se encarga de conducir el análisis de los riesgos operativos, la ejecución de las acciones de control extraordinario y las medidas preventivas orientadas a la prevención y represión de los delitos aduaneros, del trá fi co ilícito de mercancías, y de otros ilícitos, así como el control del cabotaje marítimo de carga con recalada en puertos internacionales, en la jurisdicción de la Intendencia. Igualmente, se encarga de conducir la atención, orientación y asistencia al usuario en los procesos aduaneros que competen a las unidades de organización de la Intendencia, así como el apoyo en las labores de evaluación de la gestión operativa de la Intendencia.” “Artículo 252-Eº.- Funciones de la Gerencia de Riesgo, Control y Procesos Transversales Son funciones de la Gerencia de Riesgo, Control y Procesos Transversales las siguientes: a) Autorizar y aceptar las garantías nominales presentadas en el ámbito de su competencia. b) Validar y elevar a la Intendencia los proyectos de contratos de garantía mobiliaria, warrants e hipoteca, previo a su aceptación como garantía de obligaciones tributario-aduaneras, de acuerdo a la normatividad vigente. c) Conducir la determinación de la deuda tributaria aduanera, recargos y sanciones administrativas previstas en las normas pertinentes, vinculadas al ámbito de su competencia; excepto las que resulten de las intervenciones de otras unidades de organización. d) Conducir la administración, gestión y contabilización de la recaudación de los ingresos tributarios aduaneros, de los derechos compensatorios y de los provenientes por ingresos varios, así como la atención de las solicitudes de devolución por pagos indebidos o en exceso y de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios (drawback), en la jurisdicción de la Intendencia. e) Validar y elevar a la Intendencia los proyectos de resolución que atienden los recursos de apelación regulados por la Ley del Procedimiento Administrativo General y las que atienden las quejas sin incidencia tributaria; así como conducir el trámite de las quejas con incidencia tributaria, con excepción de las que están a cargo de la Intendencia Nacional de Impugnaciones. f) Conducir la formulación y atención de los planes y acciones que se llevan a cabo para la aplicación de los dispositivos relativos al ingreso y salida de mercancías, en el ámbito de su competencia. g) Conducir el análisis de los riesgos operativos, así como la ejecución de las acciones de control extraordinario y las medidas preventivas orientadas a la prevención y represión de los delitos aduaneros, del trá fi co ilícito de mercancías, y de otros ilícitos, en la jurisdicción de la Intendencia. h) Dirigir el correcto funcionamiento del sistema de inspección no intrusiva y su trazabilidad mediante el apoyo de dispositivos electrónicos. i) Conducir el control del cabotaje marítimo de carga con recalada en puertos internacionales, en la jurisdicción de la Intendencia. j) Conducir la atención de los requerimientos de información o documentación solicitados por el Tribunal Fiscal, el Ministerio Público, el Poder Judicial, la Policía Nacional, u otras instituciones, así como validar y elevar a la Intendencia los proyectos que atienden las solicitudes de información presentadas al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. k) Conducir la atención de las consultas que correspondan a la Intendencia y a sus unidades de organización, y en su caso, elevarlas al órgano competente. l) Conducir la atención, orientación y asistencia al usuario en los procesos aduaneros que competen a las unidades de organización de la Intendencia. m) Conducir el apoyo en las labores de evaluación de la gestión operativa de las unidades de organización de la Intendencia. n) Conducir la ejecución de los procesos de su competencia, así como la gestión de las unidades de organización bajo su dependencia. o) Conducir las propuestas de mejora y los proyectos de informe sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados, en el ámbito de su competencia. p) Cumplir otras funciones que, en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia de Aduana de Chancay.”