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6 NORMAS LEGALES Martes 30 de julio de 2024 El Peruano / Organización y Funciones de la SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 184º, 424º, 602º, 611º, 620º, 625º, 661º y 674º de la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/ SUNAT Modi fi car los artículos 184º, 424º, 602º, 611º, 620º, 625º, 661º y 674º de la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/SUNAT, quedando redactados en los siguientes términos: “Artículo 184º.- Gerencia de Análisis de Fondo de Aduanas La Gerencia de Análisis de Fondo de Aduanas es una unidad orgánica dependiente de la Intendencia Nacional de Impugnaciones, encargada a nivel nacional de conducir las acciones relativas a la atención de los recursos de reclamación interpuestos contra los actos vinculados a la determinación de deuda tributaria aduanera, recargos y sanciones, incluidos los actos relativos a la imputación de responsabilidad solidaria, emitidos en la Intendencia Nacional de Control Aduanero, la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, la Intendencia de Aduana Aérea y Postal, la Intendencia de Aduana de Chancay, la Intendencia de Aduana de Tacna, las Intendencias de Aduanas (Tipo 1) y las Intendencias de Aduanas (Tipo 2), con excepción de aquellos recursos asignados de manera expresa a otras unidades de organización de la SUNAT. Asimismo, se encarga de revisar la formulación de las consultas a la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera y a los órganos normativos de la SUNAT.” “Artículo 424º.- División de Control Concurrente II La División de Control Concurrente II es una subunidad orgánica dependiente de la Gerencia de Análisis de Fondo de Aduanas, encargada de resolver en primera instancia administrativa los recursos de reclamación presentados contra los actos vinculados a la determinación de deuda tributaria aduanera, recargos y sanciones, incluidos los actos relativos a la imputación de responsabilidad solidaria, emitidos en la Intendencia de Aduana Aérea y Postal, la Intendencia de Aduana de Chancay, la Intendencia de Aduana de Tacna, las Intendencias de Aduanas (Tipo 1) y las Intendencias de Aduanas (Tipo 2). Asimismo, se encarga de elaborar las consultas a la Intendencia Nacional Jurídico Aduanera y a los órganos normativos de la SUNAT.” “Artículo 602º.- Subunidades Orgánicas de la Intendencia de Aduana de Tacna Son subunidades orgánicas de la Intendencia de Aduana de Tacna las siguientes: 07.6.0.1 División de Técnica Aduanera 07.6.0.2 División de Recaudación y Contabilidad 07.6.0.3 División de Control Operativo07.6.0.4 División de Atención Fronteriza” “Artículo 611º.- Subunidades Orgánicas de las Intendencias de Aduanas (Tipo 1) Son subunidades orgánicas de las Intendencias de Aduanas (Tipo 1) las siguientes: 07.7.0.1 División de Técnica Aduanera, Recaudación y Contabilidad (Tipo 1) 07.7.0.2 División de Técnica Aduanera, Recaudación y Contabilidad (Tipo 2) 07.7.0.3 División de Control Operativo (Tipo 1) 07.7.0.4 División de Control Operativo (Tipo 2)”“Artículo 620º.- Subunidades Orgánicas de las Intendencias de Aduanas (Tipo 2) Son subunidades orgánicas de las Intendencias de Aduanas (Tipo 2) las siguientes: 07.8.0.1 División de Técnica Aduanera, Recaudación y Contabilidad 07.8.0.2 División de Control Operativo” “Artículo 625º.- Subunidades Orgánicas de Soporte Administrativo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, de las Intendencias de Tributos Internos y de las Intendencias de Aduanas Son subunidades orgánicas de Soporte Administrativo de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, de las Intendencias de Tributos Internos y de las Intendencias de Aduanas, según corresponda. 07.n.0.n O fi cinas de Soporte Administrativo 1 1 Dependientes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de las Intendencias de Tributos Internos: Arequipa, La Libertad, Cusco, Piura, Lambayeque, Ica y Junín. Dependientes de las Intendencias de Aduanas: Marítima del Callao, Aérea y Postal, de Chancay, de Tumbes, de Iquitos, de Tacna y de Puno.” “Artículo 661º.- Áreas Orgánicas de la Intendencia de Aduana de Tacna Son áreas orgánicas de la Intendencia de Aduana de Tacna, según las unidades de organización de las cuales dependen, las siguientes: Intendencia de Aduana de Tacna 07.6.0.0.1 Sección de Soporte Administrativo del Complejo Fronterizo Santa Rosa en Tacna División de Técnica Aduanera 07.6.0.1.1 Sección de Mani fi estos 07.6.0.1.2 Sección de Regímenes De fi nitivos 07.6.0.1.3 Sección de Regímenes No De fi nitivos y Especiales División de Control Operativo 07.6.0.3.1 Sección Aduanera de Arica 07.6.0.3.2 Sección de Acciones Operativas” “Artículo 674º.- Áreas Orgánicas de las Intendencias de Aduanas (Tipo 1) Son áreas orgánicas de las Intendencias de Aduanas (Tipo 1), según las unidades de organización de las cuales dependen, las siguientes: División de Técnica Aduanera, Recaudación y Contabilidad (Tipo 2) 07.7.0.2.1 Sección de Técnica Aduanera División de Control Operativo (Tipo 2) 07.7.0.4.1 Sección de Acciones Operativas 07.7.0.4.2 Sección de Atención Fronteriza” Artículo 2.- Incorporación de los artículos 252-Aº, 252-Bº, 252-Cº, 252-Dº, 252-Eº, 601-Aº, 601-Bº, 601-Cº, 601-Dº, 601-Eº, 601-Fº, 601-Gº, 601-Hº, 601-Iº, 601-Jº y 601-Kº en la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/SUNAT Incorporar los artículos 252-Aº, 252-Bº, 252-Cº, 252-Dº, 252-Eº, 601-Aº, 601-Bº, 601-Cº, 601-Dº, 601- Eº, 601-Fº, 601-Gº, 601-Hº, 601-Iº, 601-Jº y 601-Kº en la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/SUNAT, en los siguientes términos: