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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (12/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de junio de 2024 El Peruano / Que, de conformidad con la Ley 31179 con fecha 27 de abril del 2021, el Gobierno Nacional declara de interés nacional y necesidad pública la investigación, restauración, preservación, puesta en valor, promoción y difusión del complejo arqueológico monumental el Gran Saposoa, ubicado en la provincia de Huallaga, departamento de San Martín; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 000156-2022-VMPCIC/MC, se resuelve en su Artículo 1°, Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Los Pinchudos, ubicado en el distrito de Huicungo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, en su Artículo 2° aprobar el expediente de declaratoria ( fi cha o fi cial de inventario de monumentos arqueológicos prehispánicos, fi cha técnica para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y fi cha de registro fotográ fi co) y el expediente técnico (memoria descriptiva, fi cha técnica y plano perimétrico) del Sitio Arqueológico Los Pinchudos; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 555- 2016-GRSM/GR del 24 de agosto del 2026, se resuelve en su Artículo Primero: DECLARAR en el marco de la Ley N° 30431 – Ley que modi fi ca la Ley N° 23633, que declara a la Ciudadela y Fortaleza del Gran Pajatén Patrimonio de la Nación, de necesidad y utilidad pública regional, iniciar los trabajos de investigación, protección, conservación, restauración, puesta en valor y mantenimiento de la Ciudadela y Fortaleza del Gran Pajatén, ubicada en el Parque Nacional Río Abiseo, declaración que también incluye a el Gran Saposoa y otros recursos culturales del departamento de San Martín; Que, mediante el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional San Martin y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Estado, fi rmada el 12 de diciembre del 2017, se estableció como objeto del Convenio: establecer las relaciones de cooperación entre el Ministerio, el Gobierno Regional y el SERNANP para el desarrollo de acciones interinstitucionales para la protección, salvaguardia, identi fi cación, registro, investigación, restauración, conservación, puesta en valor, defensa, difusión, y uso social sostenible de los valores culturales y naturales del Parque Nacional Rio Abiseo, en su zona de amortiguamiento y las áreas adyacentes del Huallaga Central y la cuenca del Rio Huabayacu con el Complejo Arqueológico Gran Saposoa, ubicado en la determinada zona tampón de la Reserva de Biosfera Gran Pajatén, en concordancia con las competencias y funciones legalmente atribuidas a cada parte, en el marco de la implementación del componente cultural y natural del Plan Maestro del Parque Nacional del Rio Abiseo y los instrumentos de gestión que se generen; Que, mediante adenda al Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura, el Gobierno Regional de San Martín y el Servicio Nacional de Áreas Naturales protegidas por el estado, de fecha 11 de diciembre del 2020, LAS PARTES acuerdan prorrogar la vigencia del CONVENIO por un periodo de 03 (tres años), vigente a partir del 12 de diciembre del 2020 al 12 de diciembre del 2023; Que, mediante segunda adenda al CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA, EL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Y EL SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO, LAS PARTES del presente Convenio Especí fi co modi fi caron la CLÁUSULA CUARTA, numeral 4.4.1 “Crear e implementar el Proyecto Gran Pajatén - Gran Saposoa, fi rmada el 21 de julio del 2022; Que, mediante INFORME Nº 07-2024-GRSM/GRDS de fecha 20 de mayo de 2024, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, señala en el numeral 3.9 que cuenta con la Actividad Estratégica Institucional “AEI.05.01: Infraestructura de servicios deportivos y culturales adecuada en bene fi cio de la población”. Asimismo, señala la necesidad de declarar de interés regional el complejo arqueológico Gran Pajatén, que permitirá generar interés social y la necesidad regional para la identi fi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor de este importante Patrimonio Cultural de la Nación, permitiendo al Gobierno Regional San Martin, realizar acciones para su conservación y puesta en valor. De igual forma, señala la importancia de declarar de interés regional el patrimonio cultural porque transmite distintos valores, mensajes históricos, artísticos, estéticos, políticos, religiosos, sociales, espirituales, naturales, simbólicos, etc, que contribuyen a darle valor a la vida de las personas en nuestra sociedad. Además, señala que la declaratoria del interés regional no involucra el uso de presupuesto, pero la norma con rango de ley (ordenanza regional) si constituye un instrumento que permitirá continuar con el Eje Social del Gobierno Regional y poder cumplir con el “OEI.05 Promover el acceso a los servicios recreativos, deportivos y culturales en bene fi cio de la población en el departamento”; por lo que, concluye: “Que las aseveraciones respaldan la propuesta sobre la emisión de la Ordenanza Regional para DECLARAR DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL A LA CIUDADELA Y FORTALEZADEL GRAN PAJATÉN UBICADO EN EL ÁREA NATURAL PROTEGIDO PARQUE NACIONAL RIO ABISEO de acuerdo a las misión, objetivos y políticas del Gobierno Regional San Martin, que están vinculadas con el Plan Operativo y las competencias de la Gerencia Regional de Desarrollo Social”; Que, mediante Informe Legal N° 231-2024-GRSM/ ORAL de fecha 20 de mayo de 2024, se emite opinión FAVORABLE respecto a la emisión de una Ordenanza Regional que declare de interés y prioridad regional a la ciudadela y fortaleza del Gran Pajatén ubicado en el Área Natural Protegido Parque Nacional Río Abiseo. En concordancia con la Ley N° 23633 que declaró al Gran Pajatén como Patrimonio Cultural de la Nación y de necesidad y utilidad pública su protección, conservación y restauración, así mismo, recomienda actualizar o en todo caso dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 555-2016-GRSM/GR, de fecha 24 de agosto de 2016, teniendo en cuenta que la ejecutoriedad del acto administrativo según el artículo 204 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, señala que el acto administrativo pierde su ejecutoriedad cuando transcurridos dos años de adquirida fi rmeza, la administración no ha iniciado los actos que le competen para ejecutarlos y que la Dirección Desconcentrada de Cultura de San Martín, gestione las acciones encargadas mediante Resolución Ministerial N° 000175-2021- DM/MC, de fecha 08 de julio de 2021; Que, mediante O fi cio N° 287-2024-GRSM/GGR de fecha 20 de mayo de 2024, la Gerencia General Regional solicitó emisión de la Ordenanza Regional que declare de interés y prioridad regional a la ciudadela y fortaleza del Gran Pajatén, ubicado en el Área Natural Protegido Parque Nacional Río Abiseo.; de conformidad al literal o) del artículo 21 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; de ser el caso; Que, el Consejo Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria, desarrollada el día veintisiete de mayo del 2024 en las instalaciones del Polideportivo Campeones del 72 ubicado en la ciudad de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobó por UNANIMIDAD de los consejeros regionales asistentes, la siguiente ordenanza regional: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero .- DECLARAR de interés y prioridad regional a la ciudadela y fortaleza del Gran Pajatén ubicado en el área natural protegido Parque Nacional Rio Abiseo, para su puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martin, realizar las acciones para la puesta en valor del Patrimonio Mundial: Gran Pajatén. Artículo Tercero. - ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo publicarse además