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15 NORMAS LEGALES Martes 18 de junio de 2024 El Peruano / y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones y facultades consideradas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI; la Resolución Suprema Nº 003-2024-MIDAGRI, y la Resolución de Gerencia General Nº 078-2023-INIA-GG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor CESAR ALEJANDRO VÁSQUEZ GARCÍA en el cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Los Cedros del Instituto Nacional de Innovación Agraria, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2298385-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Anexo del D.S. N° 106-2024-EF, que aprueba nuevas disposiciones relativas al método para determinar el monto de percepción del Impuesto General a las Ventas tratándose de la importación de bienes considerados mercancías sensibles al fraude ANEXO – DECRETO SUPREMO N° 106-2024-EF (El Decreto Supremo en referencia fue publicado en la edición del día 16 de junio de 2024) ANEXO RELACIÓN DE SUBPARTIDAS NACIONALES DE LOS BIENES CONSIDERADOS MERCANCÍAS SENSIBLES AL FRAUDE Y MONTOS FIJOS N°SUBPARTIDA NACIONALUNIDADMONTO FIJO EN SOLES Bienes con Tasa del 3.5% (numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley)Bienes con Tasa del 5% (numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley)Bienes con Tasa del 10% (numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley) 1 5208320000 M2 0.31 0.44 0.88 2 5209420000 M2 0.32 0.45 0.91 3 5402330000 KG 0.26 0.37 0.75 4 5407420000 M2 0.12 0.17 0.33 5 5407520000 M2 0.21 0.30 0.59 6 5407530000 M2 0.24 0.34 0.69 7 5407540000 M2 0.17 0.24 0.488 5407610000 M2 0.16 0.23 0.46 9 5407690000 M2 0.24 0.34 0.69 10 5515110000 M2 0.27 0.39 0.77 11 5516120000 M2 0.17 0.25 0.49 12 5516140000 M2 0.22 0.31 0.62N°SUBPARTIDA NACIONALUNIDADMONTO FIJO EN SOLES Bienes con Tasa del 3.5% (numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley)Bienes con Tasa del 5% (numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley)Bienes con Tasa del 10% (numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley) 13 5516220000 M2 0.22 0.32 0.63 14 5516240000 M2 0.24 0.34 0.6815 5804100000 M2 0.09 0.12 0.25 16 5903100000 M2 0.31 0.44 0.88 17 5903200000 M2 0.33 0.48 0.95 18 5907000000 M2 0.32 0.45 0.90 19 6001920000 M2 0.22 0.31 0.62 20 6004100000 M2 0.37 0.52 1.04 21 6005370000 M2 0.14 0.21 0.41 22 6005390000 M2 0.05 0.07 0.15 23 6006320000 M2 0.20 0.28 0.5624 6006330000 M2 0.22 0.31 0.62 25 6006340000 M2 0.17 0.25 0.50 26 6104630000 U 0.87 1.24 2.48 27 6110309000 U 1.29 1.84 3.68 28 6111300000 U 0.69 0.98 1.96 29 6114300000 U 1.39 1.98 3.96 30 6115220000 U 0.18 0.25 0.5031 6115960000 2U 0.08 0.12 0.24 32 6301400000 U 1.00 1.43 2.87 33 6302220000 U 0.91 1.30 2.59 34 6302401000 U 0.36 0.52 1.03 35 6302600000 U 0.66 0.95 1.89 36 6907220000 M2 0.84 1.20 2.41 37 7217200000 KG 0.13 0.19 0.37 38 8407340000 U 181.86 259.80 519.59 39 8408201000 U 203.34 290.49 580.98 2298698-1 Decreto Supremo que aprueba la formalización de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2024 en el presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales DECRETO SUPREMO 107-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público, sobre la base de las resoluciones que aprueban la incorporación de mayores ingresos en las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, propone el proyecto de decreto supremo que aprueba las modi fi caciones al presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales;