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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (18/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 18 de junio de 2024 El Peruano / i) Un/a representante del Ministerio de Salud j) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social k) Un/a representante del Ministerio de la Producción. l) Un/a representante de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo m) Un/a representante del Gobierno Regional de Ayacucho. n) El/la Alcalde/sa de la Municipalidad provincial de Vilcas Huamán. o) Los/as Alcaldes/sas distritales de la provincia de Vilcas Huamán. p) Un/a representante del Frente de Defensa del Pueblo de Ayacucho q) Un/a representante del Frente de Defensa de la provincia de Vilcas Huamán. r) Un/a representante del Frente de Defensa del Pueblo de Vischongo Artículo 4.- Funciones La Mesa Técnica tiene las siguientes funciones: a) Analizar, apoyar y coordinar las propuestas de medidas necesarias que contribuyan al desarrollo territorial de la provincia de Vilcas Huamán, a partir de la elaboración y validación de una Agenda Territorial considerando la diversidad cultural y lingüística de la población bene fi ciaria. b) Articular con las entidades públicas y otros actores, la ejecución de las acciones para el cumplimiento de la Agenda Territorial. c) Proponer las acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto en la Mesa Técnica, informando públicamente los avances. Artículo 5.- Subgrupo de Trabajo La Mesa Técnica, para el cumplimiento de su objeto y funciones, está conformado por dos (02) subgrupos de trabajo, los cuales se detallan a continuación: a) Subgrupo de Trabajo 1: “Gestión de Recursos Hídricos y temas relacionados a la problemática social”. Es coordinado por la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo. b) Subgrupo de Trabajo 2: “Desarrollo Territorial”. Es coordinado por la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización. Artículo 6.- Designación de representantes 6.1. Las entidades señaladas en el artículo 3, con excepción de las señaladas en los literales a), n) y o) designan a sus representantes, titulares y alternos, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. 6.2. El/La Secretario/a de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Vilcas Huamán y los/las Alcaldes/as de las Municipalidades distritales de la provincia de Vilcas Huamán, de ser el caso, designan a su representante alterno, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral precedente. Artículo 7.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Mesa Técnica está a cargo de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros con el apoyo de la O fi cina de Prevención y Gestión de Con fl ictos del Gobierno Regional de Ayacucho, quien debe informar y reportar periódicamente a la Presidencia. Además, es responsable de llevar el registro de los acuerdos, custodiar las actas y toda la documentación que se genere”. Artículo 8.- Participación de otras entidades públicas o privadas La Mesa Técnica, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas y privadas en el marco de sus respectivas competencias, así como, de personas jurídicas privadas, representantes de organizaciones sociales, instituciones académicas y de investigación y organizaciones no gubernamentales; en calidad de invitados. Asimismo, puede solicitar información a las entidades públicas pertinentes, para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 9.- Financiamiento Las entidades públicas que conforman la Mesa Técnica sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los/las representantes de la Mesa Técnica es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 10.- Instalación La Mesa Técnica se instala en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 11.- Período de vigencia La Mesa Técnica tiene un período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. Artículo 12.- Informe FinalVencido el plazo de vigencia de la Mesa Técnica, la Secretaría Técnica dispondrá de cuarenta y cinco (45) días calendario, adicionales, para presentar un informe fi nal a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 13- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ Secretaría de Descentralización 2298358-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 082-2024-ANIN/JEF A solicitud de la Autoridad Nacional de Infraestructura, se publica Fe de Erratas de la Resolución Jefatural N° 082-2024-ANIN/JEF, publicada en la edición del día 16 de junio de 2024. Dice: HERNÁN YAIPÉN ARÉSTEGUI Jefe (e)Autoridad Nacional de Infraestructura Debe decir: HERNÁN YAIPÉN ARÉSTEGUI JefeAutoridad Nacional de Infraestructura 2298691-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Director General de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2024-MINCETUR Lima, 13 de junio 2024