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6 NORMAS LEGALES Martes 18 de junio de 2024 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Jefe de Oficina I de la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 179-2024-PCM Lima, 17 de junio de 2024CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de O fi cina I de la O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al servidor que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CARLOS ALBERTO MANCHEGO GARDOIS, en el cargo de Jefe de O fi cina I de la O fi cina de Relaciones Nacionales e Internacionales de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2298667-1 Crean la “Mesa Técnica para el Desarrollo Integral de la provincia de Vilcas Huamán del departamento de Ayacucho” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 14-2024-PCM/SD Lima, 13 de junio de 2024VISTOS:El Memorando N° D000269-2024-PCM-SSARL y el Informe Nº 00019-2024-PCM-SSARL-LLR; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, en su artículo 188 señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 95 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; Que, asimismo, el citado artículo señala que la Secretaría de Descentralización orienta la coordinación intergubernamental de los tres niveles de gobierno en cada territorio. Su enfoque es multisectorial y, en coordinación con los sectores competentes, busca promover el desarrollo a partir de las actividades diversas y de mayor potencial, priorizadas y consensuadas con los actores públicos y privados en los departamentos, provincias, distritos u otros espacios territoriales; Que, en este contexto normativo, teniendo en cuenta la situación y la problemática económica y social de la provincia de Vilcas Huamán del departamento de Ayacucho, así como advirtiéndose la necesidad de analizar y evaluar la mejor estrategia para una adecuada gestión de desarrollo en la provincia, se considera importante y necesario que desde la Secretaría de Descentralización se promueva un mecanismo de articulación para asegurar el desarrollo de dicho ámbito territorial, por lo cual se propone la conformación de una Mesa Técnica de Desarrollo Territorial para la provincia de Vilcas Huamán; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación de Mesa Técnica Créase la “Mesa Técnica para el Desarrollo Integral de la provincia de Vilcas Huamán del departamento de Ayacucho”, en adelante Mesa Técnica, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto La Mesa Técnica tiene por objeto coordinar, analizar y establecer propuestas de desarrollo territorial y contribuir a la solución de la problemática económica y social de la provincia de Vilcas Huamán del departamento de Ayacucho; así como, evaluar e identi fi car las acciones y actividades orientadas a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población, contribuyendo al desarrollo sostenible de dicho ámbito territorial. Artículo 3.- Integrantes La Mesa Técnica está integrada de la siguiente manera: a) El/La Secretario/a de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, o su representante, quien lo preside. b) Un/a representante del Ministerio de Culturac) Un/a representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo d) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. e) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego f) Un/a representante del Ministerio del Ambienteg) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas h) Un/a representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones