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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (22/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, con el voto UNÁNIME de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Huánuco, la suscripción del Convenio para formalizar la Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Huánuco y la Municipalidad Distrital de Colpas, en virtud a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 y la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, según el siguiente detalle: CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIONESNOMBRE DEL PROYECTO MONTO 2586647CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLPAS PARA LA EJECUCION DE LA IOARR “CONSTRUCCION DE CAPTACION DE AGUA, MURO DE CONTENCION Y CERCO PERIMETRICO; REPARACION DE DESARENADOR; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) SISTEMA DE AGUA POTABLE DE COLPAS DISTRITO DE COLPAS, PROVINCIA AMBO, DEPARTAMENTO HUANUCO”.S/ 461,054.26 Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, realizar las acciones administrativas correspondientes que permitan la materialización de lo dispuesto por el Artículo Primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, debiendo comunicar al Consejo Regional dentro del plazo de quince (15) días calendarios respecto a las acciones adoptadas para tal fi n. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, para que, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto descrito en el Artículo Primero del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de atención al ciudadanos y gestión documental, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional a Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Consejeros Regionales, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Municipalidad Distrital de Colpas, Órgano de Control Institucional, interesados, y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO ESTEBAN ATENCIA Consejero Delegado 2299525-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 317-2024/MDSM San Miguel, 5 de junio de 2024 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;VISTOS, el Memorando N°567-2024-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, los Informes N°458-2024-URH-OAF/MDSM y N°461-2024-URH-OAF/MDSM emitidos por la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N°086-2024-OAJ/MDSM emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando N°1461-2024- OEC/MDSM emitido por la O fi cina de Ejecutoria Coactiva, el Informe N°489-2024-AAJT-OEC/MDSM suscrito por el señor Alex Alpino Jara Trujillo, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N°30305” Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 6° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el órgano ejecutivo del gobierno local y representante legal de la municipalidad y como tal, le corresponde implementar las medidas técnicas y administrativas orientadas a lograr de manera e fi ciente y oportuna los objetivos institucionales y metas trazadas por la Administración Municipal; Que, mediante Decreto Supremo Nº018-2008-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, dispone en su artículo 7º, numeral 7.1), que la designación del Ejecutor Coactivo, como del auxiliar coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos. Y el numeral 7.2) dispone que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresaran como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, conforme a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº27204, precisa que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan; y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº26979 - “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implicando que dichos cargos sean de confi anza; Que, mediante Resolución de Alcaldía N°644- 2023 de fecha 18 de octubre de 2023, se encargó con efi cacia anticipada a partir del 13 de octubre de 2023 al abogado ALEX ALPINO JARA TRUJILLO las funciones de Ejecutor Coactivo, perteneciente a la O fi cina de Ejecutoria Coactiva; Que, con Informe N°489-2024-AAJT-OEC/MDSM de fecha 30 de mayo de 2024, el ejecutor coactivo (e) Alex Alpino Jara Trujillo, solicita licencia sin goce de haber por un periodo de noventa (90) días desde el 03 de junio hasta el 01 de setiembre del presente año; Que, mediante Memorando N°1461-2024-OEC/ MDSM de fecha 30 de mayo de 2024, la O fi cina de Ejecutoria Coactiva emite opinión aceptando el pedido de licencia sin goce y al mismo tiempo propone a la abogada Gina Cusi Ticona (auxiliar coactivo) quien cumple con los requisitos establecidos para ejercer las funciones de ejecutor coactivo;