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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (22/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / indica entre otros que el proyecto cuenta con expediente técnico aprobado, esta alineado PDRC, respecto a al cierre de brechas contempla un indicador de porcentaje de red vial vecinal no pavimentada con inadecuados niveles de servicio. Otorgando una opinión favorable para la suscripción del Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Huánuco y la Municipalidad Distrital de Chaglla para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE PUENTE; EN EL (LA) CARRETERA TRAMO CHICHIPARA – PAMPAMARCA EN LA LOCALIDAD DE PAMPAMARCA, DISTRITO DE CHAGLLA, PROVINCIA PACHITEA, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO”, con CUI Nº 2525028; Que, con Informe Nº 00649-2024-MDCH-OPP/ AGCC, de fecha 05 de junio del 2024, por el cual la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Chaglla, CONCLUYE que no cuentan con disponibilidad presupuestal para la atención del proyecto con CUI Nº 2525028; Que, Informe 004242-2024-GRH-GRPPAT/SGPP de fecha 18 de junio de 2024, remitido por la Sub Gerencia de Presupuesto Público, opina se cuenta con la disponibilidad presupuestal (PIM no certi fi cado) en el presente ejercicio fi scal, para suscribir el Convenio de Transferencia Financiera a favor de un (01) Gobierno Local para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión, en el presente caso con el Gobierno Local de Chaglla; Que, según Informe Legal Nº 000671-2024-GRH/ GRAJ de fecha 18 de junio de 2024, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable señalando lo siguiente: - Es viable la suscripción de Convenio entre el Gobierno Regional Huánuco y la Municipalidad Distrital de Chaglla, para la transferencia fi nanciera, según los montos y el objeto que se detalla en el proyecto de convenio. - La transferencia fi nanciera a ejecutarse al Gobierno Local; deberán contar previamente con la aprobación del Consejo Regional según el siguiente detalle: - Municipalidad Distrital de Chaglla, el monto ascendente a S/ 2,284,956.31 (Dos Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Cincuenta y Seis con 31/100 Soles), para la ejecución del proyecto de inversión “CONSTRUCCIÓN DE PUENTE; EN EL (LA) CARRETERA TRAMO CHICHIPARA – PAMPAMARCA EN LA LOCALIDAD DE PAMPAMARCA, DISTRITO DE CHAGLLA, PROVINCIA PACHITEA, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO”, con CUI Nº 2525028, en virtud a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 y la Ley Nº 31953 - Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Que, con O fi cio Nº 693-2024-GHR/GGR de fecha 18 de junio de 2024, la Gerente General Regional, solicita al Consejo Regional, la aprobación de Convenio para formalizar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Chaglla, para lo cual adjunta el Informe Técnico e Informe Legal correspondiente; Que, a través del Dictamen Nº 019-2024-GRH/ CR-COPPATyAL de fecha 18 de junio de 2024, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco, Dictamina favorablemente respecto a la Autorización para la suscripción del Convenio para formalizar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Chaglla; Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 18 de junio de 2024, el Dictamen Nº 019-2024-GRH/CR-COPPATyAL de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el inciso o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 31433, establece que, “El Gobernador Regional tiene las siguientes atribuciones: (…) y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional, de conformidad con su plan de implementación, bajo responsabilidad”; asimismo, el artículo 39º de la norma precitada, señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…). Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, con el voto UNÁNIME de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Huánuco, la suscripción del Convenio para formalizar la Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Huánuco y la Municipalidad Distrital de Chaglla, en virtud a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 y la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, según el siguiente detalle: CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIONESNOMBRE DEL PROYECTO MONTO 2525028CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO Y Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAGLLA, PARA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN “CONSTRUCCIÓN DE PUENTE; EN EL (LA) CARRETERA TRAMO CHICHIPARA – PAMPAMARCA EN LA LOCALIDAD DE PAMPAMARCA, DISTRITO DE CHAGLLA, PROVINCIA PACHITEA, DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO”,S/. 2,284,956.31 Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, realizar las acciones administrativas correspondientes que permitan la materialización de lo dispuesto por el Artículo Primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, debiendo comunicar al Consejo Regional dentro del plazo de quince (15) días calendarios respecto a las acciones adoptadas para tal fi n. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, para que, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto descrito en el Artículo Primero del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional a Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Consejeros Regionales, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Municipalidad Distrital de Chaglla, Órgano de Control Institucional, interesados, y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO ESTEBAN ATENCIA Consejero Delegado 2299523-1