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86 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Asimismo, autoriza excepcionalmente, a los gobiernos regionales a utilizar los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) para realizar transferencias fi nancieras en el marco del presente literal, a favor de los gobiernos locales para fi nanciar inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional. Para tal efecto el pliego que trans fi ere los recursos del FONCOR, debe garantizar que en su Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) cumple con lo dispuesto en el literal b) del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 038-2022-EF - Modi fi can las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Para efectos del fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se requiere que estas cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado; Que, mediante O fi cio Nº 114-2024-MDP/A de fecha 06 de junio de 2024, la Municipalidad Distrital de Pinra, remite la documentación técnica según se detalla más adelante: Con Informe Técnico Nº 02-2024-MDP-OPMI/YCRC de fecha 05 de junio de 2024, el responsable de OPMI de la Municipalidad Distrital de Pinra, emite opinión técnica favorable señalando entre otros lo siguiente: Que el Proyecto, con CUI Nº con CUI Nº 2601461, con RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº084-2024-MDP/A, de fecha 05 de junio de 2024, fue aprobado el expediente técnico, con un Presupuesto Total de S/. 3,870,074.04 (Tres millones ochocientos setenta mil setenta y cuatro con 4/100 soles), por la modalidad de administración indirecta – por contrata, con un Plazo de Ejecución de 210 días calendarios, la misma se encuentra alineado al PDRC y respecto al cierre de brechas contempla el indicador porcentaje de unidades productoras con el servicio de educación primaria con capacidad instalada inadecuada; informe que guarda relación con la opinión técnica de la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional Huánuco, contenida en el Informe Técnico Nº 047-2024-GRH-GRPPAT/SGPMI-JDS de fecha 14 de junio de 2024 . El Acuerdo del Consejo Municipal Nº 057-2024-MDP-CM de fecha 31 de mayo de 2024, mediante el cual, se autoriza la celebración del convenio con el Gobierno Regional de Huánuco, para la trasferencia fi nanciera para la ejecución y supervisión del Proyecto, con CUI Nº 2601461. Que, a través del Acuerdo del Consejo Municipal Nº 057-2024-MDP-CM de fecha 31 de mayo de 2024, se autoriza la celebración del convenio con el Gobierno Regional de Huánuco, para la trasferencia fi nanciera para la ejecución y supervisión del Proyecto, con CUI Nº 2601461; Que, con informe Nº 022-2024-MDP/UA de fecha 29 de mayo de 2024, el Jefe de Desarrollo Urbano, Rural y Obras Públicas de la Municipalidad Distrital de Pinra, emite opinión técnica sobre la capacidad técnica y operativa para la ejecución del proyecto con CUI Nº 2601461; Que, mediante Informe Nº 049-2024-MDP/CPC-HJMP de fecha 31 de mayo de 2024, el Contador General de la Unidad de Planeamiento y Prepuesto, de la Municipalidad Distrital de Pinra, señala que no cuenta con disponibilidad presupuestal para cubrir en la ejecución del proyecto con CUI Nº 2601461; Que, con Informe Nº 05-2024-MDP-UF-/HSG de fecha 04 de junio de 2024, el responsable de la Unidad Formuladora de la Municipalidad Distrital de Pinra, emite opinión señalando que el proyecto con CUI Nº 2601461, no registra duplicidad en el banco de inversiones; Que, según Informe Nº 037-2024-GRH-GRI/DRTC/ DC-ASCS de fecha 18 de junio de 2024, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huánuco, haciendo referencia al Informe de la Sub Gerente de Presupuesto Público señala que se identi fi có saldos de libre disponibilidad referente al proyecto de inversión con CUI Nº 2601461; haciendo lo propio el director de dicha Dirección con INFORME Nº 192-2024-GRH-GRI- DRTC/DPPRI de fecha 18 de junio de 2024. donde concluye señalando: Se comunica la libre disponibilidad presupuestal, por el monto de S/10,834,752.00, por la fuente de fi nanciamiento recursos determinados – FONCOR, genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos no Financieros, según sustento del proyecto con CUI Nº2593933, en propuesta para el proyecto con CUI Nº 2601461 y/o disponga el pliego del Gobierno Regional Huánuco, según sustento de la Dirección de Caminos y adjuntos. El proyecto habilitador con CUI Nº2593933, cuenta con recursos disponibles según línea de tiempo, proyectada evaluada y sincerada, que es sustentado por la Dirección de Caminos y cali fi ca en marco a los lineamientos 4 en marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público 2024”. Que, mediante INFORME TÉCNICO Nº 106-2024-GRH-GRI/SGE-DMAB de fecha 13 de junio de 2024, el Administrador de Contratos – IV, de la Sub Gerencia de Estudios; señala lo siguiente: Habiendo efectuado la revisión a nivel de contenido mínimo del expediente técnico de la inversión con CUI Nº 2601461, se evidencia que las observaciones fueron subsanadas y cumple con las condiciones para su fi nanciamiento en el marco al Decreto de Urgencia Nº 006-2024, por lo cual, se emite OPINIÓN FAVORABLE CON RESPECTO AL CONTENIDO MÍNIMO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO. Asimismo, cabe precisar que la calidad del estudio (expediente técnico), la misma que es validado por la Sub Gerencia de Estudios con INFORME Nº 001283-2024-GRH-GRI/SGE de fecha 14 de junio de 2024; Que, mediante memorándum 1214-2024-GRH-GRI- DRTC-DC, de fecha 18 de junio del 2024, la Dirección de Caminos, comunica sobre el Proyecto Habilitador con Recursos No Programados para el año 2024; Que, según Informe Nº 192-2024-GRH-GRI-DRTC/ DPPRI, de fecha 18 de junio del 2024, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, emite opinión de libre Disponibilidad Presupuestal – UE 200 Transportes; Que, con Informe Técnico Nº 004228-2024-GRH- GRPPAT/SGPPE de fecha 18 de junio de 2024, la Sub Gerencia de Presupuesto Público, concluye señalando lo siguiente: Evaluados los créditos presupuestarios disponibles de los proyectos de inversión propuestos como habilitadores, se cuenta con la disponibilidad presupuestal (PIM no certi fi cado) en el presente ejercicio fi scal, para suscribir el Convenio de Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pinra, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión con CUI Nº 2601461; Que, según Informe Legal Nº 000669-2024-GRH/ GRAJ, de fecha 18 de junio de 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la suscripción de Convenio entre el Gobierno Regional Huánuco y la Municipalidad Distrital de Pinra, para la transferencia fi nanciera por el monto ascendente a S/ 3,827,074.04 (Tres millones ochocientos veintisiete mil setenta y cuatro con 04/100), en virtud a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 y la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante O fi cio Nº 693-2024-GRH/GR de fecha de recepción 18 de junio de 2024, el Gobernador Regional de Huánuco remite al Consejo Regional el íntegro del expediente administrativo, siendo derivado con fecha 18 de junio de 2024 al presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco, para su atención y trámite correspondiente; Que, a través del Dictamen Nº 018-2024-GRH/ CR-COPPATyAL de fecha 18 de junio de 2023, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco, Dictamina favorablemente respecto a la Autorización para la suscripción del Convenio para formalizar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pinra; Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 18 de junio de 2024, el Dictamen Nº 018-2024-GRH/CR-COPPATyAL de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales. El