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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2024 (06/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2024 El Peruano / en forma virtual a través del aplicativo WEB, con la respectiva clave de acceso asignada, será en los (15) días calendarios posteriores al mes vencido de acuerdo al cronograma. Cabe indicar, que para aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado previa coordinación con la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción podrán solicitar el envío del formulario físico y remitirlo a la siguiente dirección de correo electrónico: notifi caciones.semci@produce.gob.pe, o comunicarse en Lima al Ministerio de la Producción al 616-2222 anexo: 3316; Regiones: Direcciones Regionales de Produce. Artículo 5.- Las empresas que por primera vez son incluidas en la ‘’Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2024’’ y la ‘’Estadística Mensual de Centros Comerciales 2024’’, deberán también remitir su información mensual del ejercicio fi scal 2023. Asimismo, cabe indicar que la institución queda facultada en solicitar a los informantes datos de periodos anteriores, para fi nes estadísticos. Artículo 6.- Las personas naturales y jurídicas que incumplan con la presentación de los formularios diligenciados de las Encuestas ‘’Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2024’’ y la ‘’Estadística Mensual de Centros Comerciales 2024’’, en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas, conforme a las sanciones dispuestas por los Arts. 87, 89 y 90 del D. S. Nº 043-2001-PCM, el cual precisa que el pago de la multa no exime de la presentación de la información. Regístrese y comuníquese. DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2267509-1 Autorizan ejecución de la “Estadística Pesquera Mensual 2024” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 060-2024-INEI Lima, 1 de marzo de 2024 Visto el O fi cio Nº 00000012-2024-PRODUCE/ OGEIEE, de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción y el O fi cio N° 000382-2024-INEI/DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe N° 022-2024-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 8 Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística ofi ciales del país; Que, el artículo 9 del mismo cuerpo normativo, establece que el INEI tiene entre otras funciones, coordinar y/o ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de los censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del sector público, así como mantener actualizada la cartografía censal; Que, de acuerdo al artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo N°043-2001-PCM, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, es el órgano técnico normativo, encargado de conducir los levantamientos censales nacionales y las encuestas o fi ciales multisectoriales;Que, el Ministerio de la Producción tiene entre sus funciones recopilar, procesar y difundir información estadística mensual o fi cial, de la actividad productiva desarrollada por las empresas pesqueras industriales y acuícolas del subsector Pesquería y Acuicultura, que permita proporcionar información que muestre el comportamiento productivo-económico coyuntural y servir de apoyo para la toma de decisiones en materia de su competencia; Que, mediante documento del visto de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de obtener información estadística básica del desarrollo productivo-económico del subsector Pesquería y Acuicultura, solicita autorización para ejecutar la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2024”, la cual será dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas. Además, será de periodicidad mensual, cuya cobertura geográ fi ca es a nivel regional y nacional, tanto para el nivel marítimo como continental; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas mediante O fi cio N°000382-2024-INEI/DNCE remite el Informe Nº 022-2024-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos, informando que se ha analizado la cobertura geográ fi ca, temática, el objeto a investigar, periodicidad, unidad de observación, el método de recolección de datos, validando el procedimiento metodológico remitida por la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, fi nalizando que la información presentada cuenta con la validación de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos para la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2024”, a nivel nacional, que estará a cargo de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Estadística Pesquera Mensual 2024”, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas, cuya periodicidad es mensual y cobertura geográ fi ca es a nivel regional y nacional, tanto para el nivel marítimo como continental, la cual cuenta con los documentos metodológicos, resultando pertinente fi jar el plazo máximo de la entrega de la información, así como aprobar los formularios respectivos, para efectos de lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Estadística Pesquera Mensual 2024”, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas a nivel nacional, la cual estará a cargo de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- Aprobar los formularios Excel: Formulario N° 1: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: Enlatado. Formulario N° 2: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: Congelado. Formulario N° 3: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: Curado. Formulario N° 4: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: Harina y Aceite. Formulario N° 5-A: Estadística Pesquera Mensual, Empresa dedicada a la crianza: Actividad de acuicultura de Mediana, Gran Empresa, Micro y Pequeña Empresa. Formulario Nº 5-B: Estadística Pesquera Mensual, Empresa dedicada a la crianza: Actividad de acuicultura de recursos limitados. Los que constituyen parte integrante de la presente Resolución.