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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2024 (13/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de marzo de 2024 El Peruano / En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024 - 2027, DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027, del Gobierno Regional de Lima, validado por unanimidad por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DECLARAR, de Interés Regional la implementación y ejecución del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027, validado por unanimidad por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), jurisdicción del Gobierno Regional de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Gerencia General Regional, a través de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), adopte los procedimientos y operaciones para la implementación y ejecución del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lima, para el año 2024 – 2027, debiendo informar trimestralmente sobre las acciones realizadas para el logro de este fi n. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de acta. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. POR TANTO:Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JOSÉ ANTONIO CAICO FERNÁNDEZ Presidente del Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil veinticuatro. ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima 2254272-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022 ORDENANZA N° 2606 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA;POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 014-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE APROBADO POR ORDENANZA N° 2495-2022 Artículo Primero.- Aprobar la recti fi cación del plano de zonifi cación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022, publicada el 24 de agosto de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, precisando la cali fi cación de: Residencial de Densidad Media - RDM para una parte de aproximadamente de 3,635 m2 del predio constituido por el Sub-Lote 1- A y los Lotes 2 y 3 de la Manzana B del Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; solicitado por Inversiones y Negocios Alcántara S.A.C., conforme al grá fi co que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación que incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022, la recti fi cación aprobada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza a la Municipalidad Distrital de Ate, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y, a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Lima, 7 de marzo de 2024. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2269174-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Modifican la Ordenanza Municipal Nº 282-2022-MDP/C que regula los procedimientos para el reconocimiento, actualización y renovación del registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en el distrito de Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL N° 335-2024-MDP/C Pachacámac, 6 de marzo del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC VISTO: En sesión extraordinaria de concejo de la fecha, los informes N° 014-2024-SGPVPA-GDH-