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49 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de marzo de 2024 El Peruano / Logística del Fuero Militar Policial, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la Página Web Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese. ARTURO ANTONIO GILES FERRER Presidente del Fuero Militar Policial 2268959-1 Designan Jefe de la Oficina de Contrataciones de la Dirección de Logística RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 042-2024-FMP/P Lima, 7 Marzo de 2024 VISTOS: La propuesta formulada con el Memorándum N° 129- FMP/DE de fecha 4 de marzo 2024 del Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, para la designación entre otros, del señor Economista Joshadi Paul ZELADA CCOHUA en el cargo de con fi anza como Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 29182, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, con el Informe de Cumplimiento N° 018-2024- FMP/RRHH de fecha 4 de marzo del 2024, el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial informa que el señor Economista Joshadi Paul ZELADA CCOHUA cumple con los requisitos establecidos en el artículo 14, Inciso 14.3 del Reglamento de la Ley N° 31419 y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública; Que, con el Informe Legal N° 083-2024/FMP/OAJ, de fecha 5 de marzo del 2024, del Asesor del Gabinete de Asesores del Fuero Militar Policial, opina que es procedente la designación del citado señor en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logistica, en vista que cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de Ley N° 31419; Estando a lo propuesto por el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a lo informado por el Director de Recursos Humanos y a lo opinado por el Asesor del Gabinete de Asesores del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha señor Economista Joshadi Paul ZELADA CCOHUA, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la Página Web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ARTURO ANTONIO GILES FERRER Presidente del Fuero Militar Policial 2268956-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 089-2024-UNAB Barranca, 1 de febrero de 2024 VISTO: El Exp. N° 0177-2024 de la Presidencia, OFICIO N° 0030-2024-UNAB-VP. INVEST, OFICIO N.º 044- 2024- DII-UNAB, CARTA N° 002-2024-JCCHG-ARNAUCHO; CONSIDERANDO: Que, el párrafo IV del artículo 18° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4° del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 050-2023-MINEDU, de fecha 12 de abril de 2023, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; integrada por: AUREA ELIZABETH RAFAEL SANCHEZ; como Presidenta; SERAPIO AGAPITO QUILLOS RUIZ, como Vicepresidente Académico; y NILO ALBERT VELASQUEZ CASTILLO, como Vicepresidente de Investigación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 103-2023-MINEDU, de fecha 21 de julio de 2023, en su artículo 1°.- Se acepta la renuncia de la señora AUREA ELIZABETH RAFAEL SANCHEZ al cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; en su artículo 2°.- Se encarga al señor SERAPIO AGAPITO QUILLOS RUIZ, Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, las funciones de Presidente de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 158-2023-MINEDU, de fecha 20 de noviembre de 2023, en su artículo 1°.- Se da por concluida la encargatura del señor SERAPIO AGAPITO QUILLOS RUIZ, en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; en su artículo 2°.- Se designa a la señora CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, establece la regulación de la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; coligiéndose de ello que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad;