Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2024 (27/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / Ordenanza Nº 004-2024-MDCLR.- Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de Carmen de la Legua Reynoso 171 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Res. Nº 038-2024-OS/CD.- Disponen la publicación para comentarios del proyecto del Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado a los Peajes de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión del periodo mayo 2024 – abril 2025 173Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley Nº 31649) MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Fe de Erratas Ordenanza N° 514-MDPH MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Nº 002-2024-MDLP/AL.- Rectifican la Ordenanza N° 008-2019-MDLP/AL PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 31993 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DEL CENTRO DE FORMACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIOAMBIENTE DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Artículo único. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional la creación del Centro de Formación para la Protección del Medioambiente de la Policía Nacional del Perú, con sede en la ciudad de Pucallpa, departamento de Ucayali, con la fi nalidad de fortalecer las acciones de prevención, orden y seguridad para combatir los delitos medioambientales. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de marzo de dos mil veinticuatro. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República ARTURO ALEGRÍA GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2274327-1PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Madre de Dios, Puno, Tacna y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales DECRETO SUPREMO Nº 031-2024-PCM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 5.3 del artículo 5 y el numeral 9.2 del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la Presidencia del Consejo de Ministros, excepcionalmente, presenta de o fi cio ante el Consejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia ante la condición de peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, mediante el O fi cio Nº 000270-2024-INDECI/ JEF INDECI, de fecha 18 de marzo de 2024, el Jefe del INDECI remite y hace suyo el Informe Situacional Nº 000012-2024-INDECI/DIRES, de fecha 18 de marzo de 2024, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha entidad, en el cual se señala que, según la información emitida por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), a consecuencia de la presencia de intensas precipitaciones pluviales en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Madre de Dios, Puno, Tacna y Ucayali, se produjo el desborde