Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2024 (30/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 30 de marzo de 2024 El Peruano / Que, mediante el Informe Legal Nº 072-2024-MDSJL/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del decreto de alcaldía correspondiente que prorrogue la vigencia de la Ordenanza N° 461-MDSJL, respecto del primer vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2024, (pago al contado del Impuesto Predial), y la obligación para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto Predial 2024, hasta el 30 de abril de 2024; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, O fi cina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria; DECRETA:Artículo 1.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2024, el vencimiento de pago al contado o la primera cuota trimestral del Impuesto Predial 2024 aprobado mediante Ordenanza N° 461-MDSJL. Artículo 2.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2024, la obligación para presentar la declaración jurada anual del Impuesto Predial 2024 en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza N° 461-MDSJL. Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y O fi cina General de Gobierno Digital e Innovación el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General su publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Gobierno Digital e Innovación en coordinación con la O fi cina General de Comunicación e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESÚS MALDONADO AMAO Alcalde 2274842-1 Prorrogan vencimiento del pago de la primera y segunda cuota de arbitrios municipales 2024, y la vigencia de la Ordenanza N° 457-MDSJL que regula el beneficio de pronto pago para el año 2024 e incentivos tributarios en el distrito de San Juan de Lurigancho DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2024-MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de marzo de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS; el Informe N° 13-2024-MDSJL/GAT, de Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 18 de marzo de 2024; el Informe N° 020-2024-MDSJL/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de fecha 22 de marzo de 2024; el Informe N° 15-2024-MDSJL/GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 22 de marzo de 2024; el Proveído N° 325-2024-MDSJL/GM, de Gerencia Municipal, de fecha 25 de marzo de 2024; el Informe Legal N° 073-2024-MDSJL/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de fecha 25 de marzo de 2024; el Proveído N° 340-2024-MDSJL/GM, de Gerencia Municipal, de fecha 27 de marzo de 2024; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2024-MDSJL, se dispone en el artículo 1, prorrogar hasta el 30 de marzo de 2024, el vencimiento del primer pago de arbitrios municipales 2024, aprobado mediante Ordenanza N° 453-MDSJL, de fecha 21 de noviembre de 2023, que establece el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos). Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al ejercicio fi scal 2024, en el distrito de San Juan de Lurigancho; asimismo en el artículo 2 dispone prorrogar hasta el 30 de marzo de 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 457-MDSJL, de fecha 20 de diciembre de 2023, que regula el bene fi cio de pronto pago para el año 2024 e incentivos tributarios en el Distrito de San Juan de Lurigancho; Que, el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley Nº 27972 establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo el artículo 42 dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, el último párrafo del artículo 29 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N°133-2013-EF y sus modi fi catorias, dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 453-MDSJL, de fecha 21 de noviembre de 2023, se establece el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recojo de residuos sólidos), parques y jardines, y serenazgo para el ejercicio fi scal 2024, en el distrito de San Juan de Lurigancho, señalando en el artículo 8 su vigencia hasta 28 de febrero de 2024; Que, mediante Ordenanza Nº 457-MDSJL, de fecha 20 de diciembre de 2023, se regula el bene fi cio de pronto pago para el año 2024 e incentivos tributarios en el Distrito de San Juan de Lurigancho, con vigencia hasta el 28 de febrero de 2024; Que, con Informe N° 15-2024-MDSJL/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria levanta observaciones formuladas por la O fi cina General de Asesoría Jurídica con respecto a los vencimientos establecidos en las Ordenanzas N°s. 453 y 457-MDSJL; Que, mediante Informe Legal N° 073-2024-MDSJL/ OGAJ, opina favorablemente para la aprobación mediante decreto de alcaldía se prorrogue la fecha de vigencia de la Ordenanza N° 453-MDSJL, respecto al vencimiento de la primera y segunda cuota de arbitrios municipales del ejercicio 2024 y la Ordenanza N° 457-MDSJL que regula el bene fi cio del Pronto Pago para el año 2024 e Incentivos Tributarios en el distrito de San Juan de Lurigancho, prorrogadas con Decreto de Alcaldía N° 01-2024-MDSJL; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria; DECRETA:Artículo 1.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2024, el vencimiento del pago de la primera cuota de arbitrios municipales 2024 y hasta el 31 de mayo de 2024, el vencimiento de la segunda cuota de los citados tributos, considerados en el artículo 8 de la Ordenanza N° 453-MDSJL, de fecha 21 de noviembre de 2023, que establece el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos). Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al ejercicio fi scal 2024, en el distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo 2.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 457-MDSJL, de