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32 NORMAS LEGALES Sábado 30 de marzo de 2024 El Peruano / Que, en la cláusula primera de la Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales de la Ordenanza N° 488/MDSM, se dispone que aludida ordenanza estará vigente hasta el 29 de febrero de 2024, y faculta al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para establecer su prorroga y su adecuada aplicación; Que, asimismo, a través del Decreto de Alcaldía N° 002-2024/MDSM, publicado en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 29 de febrero de 2024, se prorrogan hasta el 30 de marzo de 2024, el plazo para acogerse a los bene fi cios otorgados mediante Ordenanza N° 488/ MDSM. Que, mediante memorando de vistos, la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización propone prorrogar la fecha de realización del pago total de arbitrios municipales señalado en el artículo 4° de Ordenanza N° 488/MDSM, Ordenanza que aprueba calendario tributario del ejercicio 2024 e incentivos tributarios por pronto pago de Arbitrios del Ejercicio 2024, hasta el 30 de abril de 2024, atendiendo con ello las constantes sugerencias de los contribuyentes del distrito, otorgándoles mayores oportunidades y facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que, a través del Informe N° 076-2024/OAJ/MDSM la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable respecto a la prórroga antes señalada, precisando que la misma se ajusta a derecho; Que, con Memorando N° 328-2024-GM/MDSM, Gerencia Municipal, al haber tomado conocimiento de la propuesta de prórroga antes citada, remite la misma a fi n de que se prosiga con trámite correspondiente para su aprobación; Estando a lo expuesto con la opinión favorable de las áreas competentes y en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por el artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1°.- PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2024, la fecha del pago adelantado del total de arbitrios municipales señalado en el artículo 4° de Ordenanza N° 488/MDSM, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2024. Artículo 2°.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, a través de la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3°.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a Secretaria General en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2272117-1