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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2024 (30/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 30 de marzo de 2024 El Peruano / Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 558-MDSMP, Ordenanza que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria de aumento de valor DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2024/MDSMP San Martín de Porres, 25 de marzo de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTOS: El Informe N° 087-2024-SGFT-GAT/MDSMP de fecha 11 de marzo de 2024 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Informe N° 012-2024-GAT/MDSMP de fecha 15 de marzo de 2024 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 218-2024-GAJ-MDSMP de fecha 19 de marzo de 2024 emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 0452-2024-MDSMP/GM de fecha 19 de marzo de 2024 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 558-MDSMP publicada en el diario O fi cial El Peruano con fecha 04 de noviembre 2023, tiene como objeto incentivar a los contribuyentes a la presentación de las declaraciones juradas de inscripción y/o recti fi cación de sus predios en virtud a la información levantada dentro del procedimiento de fi scalización tributaria y el pago de la deuda tributaria que estos generen con los bene fi cios tributarios establecidos en la precitada ordenanza; con una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023; siendo prorrogado mediante Decreto de Alcaldía N° 021-2023/MDSMP hasta el 31 de marzo de 2024; Que, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria mediante el Informe Nº 087-2024-SGFT-GAT/MDSMP, propone ampliar el plazo de vigencia de los bene fi cios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 558-MDSMP, hasta el 31 de mayo de 2024 , debido a que bajo la coyuntura actual del país ocasionada a consecuencia de la recesión económica, se hace necesario y oportuno otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y a su vez, parte también de los mismos administrados que expresan y solicitan la ampliación de los bene fi cios de la mencionada ordenanza a fi n de que puedan acceder a cumplir con sus obligaciones tributarias sustanciales sin que éstas se vean afectadas con el factor de reajuste, intereses y multas; Que, la Gerencia de Administración Tributaria a través del Informe N° 012-2024-GAT-MDSMP corre traslado del proyecto de Decreto de Alcaldía elaborado por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, señalando que esta se sustenta en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 558-MDSMP, por lo que dada la actual coyuntura económica y sanitaria que vive el país, y por los resultados generados por la mencionada Ordenanza, propone ampliar los bene fi cios de la referida ordenanza hasta el 31 de mayo de 2024; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 218-2024-GAJ-MDSMP de fecha 19 de marzo de 2024, emite opinión legal favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza <N° 558/MDSMP hasta el 31 de mayo de 2024; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 0452-2024-GM/MDSMP de fecha 19 de marzo de 2024, corre traslado de los actuados para la emisión del Decreto de Alcaldía; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de mayo del 2024 la vigencia de la Ordenanza N° 558-MDSMP, Ordenanza que incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fi scalización tributaria o por la presentación de declaración jurada voluntaria de aumento de valor, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada norma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas en lo que fuere de su competencia el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, O fi cina General de Comunicaciones la difusión y a la O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2273883-2 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan la fecha de pago adelantado del total de arbitrios municipales señalado en el artículo 4° de Ordenanza N° 488/MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2024/MDSM San Miguel, 18 de marzo de 2024 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTO, el Memorando N° 328-2024-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el Informe N° 076-2024-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 347-2024-OATF/MDSM emitido por la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº30305 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza N° 488/MDSM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” en fecha 23 de diciembre de 2023, se aprueban incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2024 en el distrito de San Miguel, precisando en su artículo 4° que dichos descuentos serán aplicables sobre el monto insoluto de arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre de 2024, siempre que el pago se realice en su totalidad hasta el 29 de febrero de 2024;