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9 NORMAS LEGALES Jueves 9 de mayo de 2024 El Peruano / ofi cial “El Peruano”, así como en el portal electrónico del respectivo Sector en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de su expedición; asimismo, el cronograma de ejecución de inversiones, así como el detalle de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y de la lista de los contratos de construcción que apruebe la Resolución Ministerial, se publican como anexos de la citada Resolución; Que, con fecha 28 de setiembre de 2023, la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C., presenta ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para la ejecución del proyecto de inversión “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”; adjuntando las Listas de Servicios y Contratos de Construcción y el Cronograma de Ejecución de Inversiones, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 del Reglamento; Que, por O fi cio Nº 00638-2023/PROINVERSIÓN/DSI, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN pone en conocimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, que la solicitud presentada por la empresa solicitante ha sido declarada admisible y remite una copia del expediente para que la haga llegar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), como sector competente, a efecto que se emita la opinión sectorial respectiva; Que, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento, a través del Ofi cio Nº 021-2024-EF/13.01 de fecha 4 de enero de 2024, que adjunta el Informe Nº 0058-2023-EF/61.03 de fecha 21 de diciembre de 2023, el Ministerio de Economía y Finanzas remite al MINCETUR la lista de bienes, servicios y contratos de construcción susceptibles de acogimiento al Régimen por parte de la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C, para el desarrollo del proyecto de inversión “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”; Que, mediante el Informe Técnico Nº 00016-2023- DSI/SSI y el Informe Legal Nº 010-2023-DSI/SSI, ambos de fecha 10 de noviembre de 2023, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, señala que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C., cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 973 y la Ley Nº 31661; Que, asimismo, mediante el Informe Nº 017-2024-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT/SOJ y el Informe Legal Nº 032-2024-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-MCM, la Di rección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo del MINCETUR, emite opinión técnica y legal favorable respecto de la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C., para el desarrollo del proyecto de inversión denominado “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”, por cuanto se cumple con los requisitos previstos en el Decreto Legislativo Nº 973 y la Ley Nº 31661; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, la Ley Nº 31661, Ley que establece acogimiento excepcional al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas regulado por el Decreto Legislativo 973; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa cali fi cada Aprobar como empresa cali fi cada para acceder al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y en la Ley Nº 31661, Ley que establece acogimiento excepcional al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas regulado por el Decreto Legislativo 973, a la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”. Artículo 2.- Monto de compromiso de inversión El monto de compromiso de inversión a cargo de la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C., por el desarrollo del proyecto “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”, asciende a la suma de US$ 3 755 577,00 (Tres Millones Setecientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Setenta y Siete y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión y cronograma de ejecución de inversiones El plazo de ejecución del compromiso de inversión es de un (01) año, seis (06) meses y tres (3) días, contados desde el 28 de setiembre de 2023, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, efectuada por la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C., hasta el 31 de marzo de 2025. Asimismo, de conformidad con el cronograma de ejecución de inversiones adjunto a la presente Resolución, la fecha de inicio del proyecto de inversión es el 9 de enero de 2019 con fecha de término el 31 de marzo de 2025, incluyendo el período de muestras, pruebas y ensayos. Artículo 4.- Período de las muestras, pruebas y ensayos El periodo de muestras, pruebas o ensayos del proyecto se desarrollará del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025. Artículo 5.- Requisitos y características del proyecto El proyecto denominado “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”, generará renta de tercera categoría, con un compromiso de inversión para su ejecución superior al monto mínimo de US $ 2 000 000,00 (Dos Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas; y cuenta con una etapa pre productiva mayor a dos (2) años, contados a partir de la fecha de inicio del Cronograma de Ejecución de inversiones. Artículo 6.- Cobertura del Régimen Especial El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas – IGV regulado por el Decreto Legislativo Nº 973 y modi fi catorias y su reglamento, comprende la devolución del Impuesto General a las Ventas que grava las importaciones y/o adquisiciones locales de servicios y contratos de construcción, realizados en la etapa pre productiva, que se señala en el Anexo I de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”, durante el período señalado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Aprobación de la lista de servicios y contratos de construcción y del cronograma de ejecución de inversiones Aprobar la lista de bienes, servicios y contratos de construcción a favor de la empresa JM REAL STATE INVESTMENT S.A.C., remitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, y el cronograma de ejecución de inversiones que como Anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas del Proyecto “TIERRA VIVA MIRAFLORES BALBOA”.