TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Milán (República Italiana) - Lima Clase económica US$ 3,889.46 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 3,889.46 Viáticos: US$ 540.00 x 5 días x 1 persona US$ 2,700.00 Total a pagar: US$ 6,589.46 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial General comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2332088-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº D000168-2024- MIDAGRI-SENASA-JN La Molina, 4 de octubre de 2024 VISTO: El INFORME Nº D000223-2024-MIDAGRI-SENASA- OAD-UGRH de fecha 30 de septiembre de 2024, elaborado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, denominación modi fi cada por la Ley Nº 31075 a Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, a través del Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM se aprueba la actualización de la cali fi cación y relación de los organismos públicos adscritos a cada ministerio establecida por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, califi cándose al SENASA como organismo público técnico especializado adscrito al MIDAGRI; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del SENASA;Que, a través del informe del visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos veri fi ca y sustenta que el señor Martín Guillermo Malca Lazo cumple con el per fi l exigido para el cargo de con fi anza de Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del SENASA señalado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 0152-2023-MIDAGRI.SENASA; por tanto, resulta procedente emitir el correspondiente acto resolutivo de designación; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución que ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad; asimismo, según el literal k) del citado artículo, tiene la función de emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y con la visación del Director General de la O fi cina de Administración y de la Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, a partir del 7 de octubre de 2024, al señor Martín Guillermo Malca Lazo en el cargo de con fi anza de Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, conforme a los términos establecidos en el contrato que suscribirá. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración, a través de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, realizar las acciones que correspondan a la designación dispuesta en el artículo precedente, así como elaborar el contrato del servidor designado. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VILMA AURORA GUTARRA GARCÍA Jefa Jefatura Nacional Servicio Nacional de Sanidad Agraria 2332124-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 000183-2024- MIDIS/FONCODES/DE San Isidro, 4 de octubre de 2024 VISTOS: El Informe N° 000422-2024-MIDIS/FONCODES/ URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000319-2024-MIDIS-FONCODES/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, determinándose