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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (06/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / Aprueban Trigésima sexta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado mediante los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM y 130-2023-PCM, al Decreto Supremo N° 012-2024-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 032-2024-PCM, y al Decreto Supremo N° 027-2024-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 380-2024- VIVIENDA Lima, 4 de octubre de 2024 VISTOS: El Informe N° D00079-2024-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU); el Informe N° D00166-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, establece, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia en el distrito de Huayllán de la provincia de Pomabamba del departamento de Áncash, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM y 130-2023-PCM; Que, a través del Decreto Supremo N° 012-2024- PCM, se declara el Estado de Emergencia en el distrito de Pomabamba de la provincia de Pomabamba y en el distrito de Independencia de la provincia de Huaraz del departamento de Áncash, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por el Decreto Supremo N° 032-2024-PCM; Que, con el Decreto Supremo N° 027-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia, en el distrito de Huaraz de la provincia de Huaraz del departamento de Áncash, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, mediante el Informe N° D00079-2024- VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, el Informe N° D00291-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe N° 530-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU-CITV, el Informe Técnico N° 004-2024-DGPPVU-DEPPVU-CITV-JMAG y el Informe Técnico Legal N° D00058-2024- VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU-VSC, la DGPPVU en base a la información contenida en los Formularios de Campo 2A: Empadronamiento Familiar de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades remitidos por los gobiernos locales de los distritos citados en los considerandos precedentes, sustenta la relación de ciento cincuenta y un potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en algunos distritos de las provincias de Pomabamba y Huaraz del departamento de Áncash, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado mediante los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM y 130-2023-PCM, por el Decreto Supremo N° 012-2024-PCM prorrogado mediante el Decreto Supremo N° 032-2024-PCM, y por el Decreto Supremo N° 027-2024-PCM; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone la trigésima sexta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del BAE a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas dentro de las zonas declaradas en Estado de Emergencia por los Decretos Supremos citados en los considerandos anteriores, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31526 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, señalando que se cuenta con los recursos su fi cientes para atender la convocatoria propuesta; Que, mediante el Informe N° D00166-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta efectuada y sustentada por la DGPPVU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Trigésima sexta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado mediante los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023- PCM y 130-2023-PCM, al Decreto Supremo N° 012-2024-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 032- 2024-PCM, y al Decreto Supremo N° 027-2024-PCM 1.1 Aprobar la trigésima sexta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de ciento cincuenta y un Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a igual número de potenciales bene fi ciarios constituidos por los damni fi cados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en algunos distritos de las provincias de Pomabamba y Huaraz del departamento de Áncash, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado mediante los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023- PCM y 130-2023-PCM, por el Decreto Supremo N° 012-2024-PCM prorrogado mediante el Decreto Supremo N° 032-2024-PCM, y por el Decreto Supremo N° 027-2024- PCM, según el siguiente detalle: TABLA: RESUMEN DE BONOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PARA EMERGENCIAS (BAE) A CONVOCAR ITEM DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOBAE A CONVOCAR 1 ÁncashPomabambaPomabamba 70 2 Huayllán 57 3HuarazHuaraz 18 4 Independencia 6 TOTAL 151