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13 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / Modifican el monto del Costo Total de Proyecto (CTP) establecido en el inciso 1 del numeral 11.2 del artículo 11 del Decreto Supremo N° 240-2018-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 312-2024-EF/15 Lima, 4 de octubre del 2024 CONSIDERANDO: Que, el numeral 11.3 del artículo 11 del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 195-2023-EF, establece que, durante la fase de Ejecución Contractual, a solicitud de la entidad pública titular del proyecto encargada de la administración de los contratos de Asociaciones Público Privadas (APP), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, brinda soporte especializado en materia legal, económica, fi nanciera y técnica, sobre aspectos de alta complejidad, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, establece que el soporte especializado se brinda sobre proyectos de APP que cumplan con las siguientes condiciones: i) el Costo Total de Proyecto (CTP) sea superior a trescientos mil (300,000) UIT; ii) la existencia de situaciones que generen o puedan generar retrasos en la ejecución del proyecto, incumplimientos por parte de la entidad pública titular del proyecto, la afectación a la disponibilidad del servicio, o potenciales controversias en el marco del respectivo contrato; iii) la necesidad de contar con conocimientos técnicos, legales, económicos o fi nancieros altamente especializados para el desarrollo de actividades especí fi cas, que no forman parte de las labores ordinarias de la administración de contratos, y que sean necesarios para garantizar una actuación adecuada y en los plazos contractuales o legales, por parte de la entidad pública titular del proyecto; y, iv), no exista controversia en trámite sobre el aspecto de alta complejidad, indistintamente que se encuentre en la etapa de trato directo, arbitraje, peritaje u otra establecida en las normas aplicables del referido contrato; Que, en particular, de acuerdo con lo establecido en el inciso 1 del numeral 11.2 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, el monto de CTP como condición para que el MEF brinde el soporte especializado, puede ser modi fi cado mediante Resolución Ministerial del MEF; Que, mediante el Decreto Supremo N° 155-2024- EF se aprobaron las Reglas complementarias para la contratación directa del soporte especializado, con el objeto de establecer pautas claras que brinden certidumbre y viabilicen la implementación del soporte especializado de manera expedita y transparente; Que, para garantizar la gestión oportuna de las situaciones de alta complejidad que se presentan en la fase de Ejecución Contractual de las APP por parte de las entidades públicas titulares de proyectos, resulta necesario reducir el monto de CTP como condición para el soporte especializado, a efectos de ampliar el número de proyectos que puedan verse bene fi ciados con la contratación del soporte especializado a cargo del MEF; De conformidad con lo dispuesto en el TUO del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 195-2023-EF, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF;SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Modi fi car el monto del Costo Total de Proyecto (CTP) establecido en el inciso 1 del numeral 11.2 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, como condición para que el Ministerio de Economía y Finanzas brinde, a través de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, el soporte especializado a que se re fi ere el citado inciso 1. Artículo 2.- Monto del Costo Total del Proyecto como condición para solicitar soporte especializado El soporte especializado se brinda a los proyectos de Asociación Público Privada en los que se veri fi que que el CTP sea superior a sesenta mil (60,000) UIT, sin perjuicio del cumplimiento de las otras condiciones establecidas en los incisos 2, 3 y 4 del numeral 11.2 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2332170-1 Autorizan viaje de funcionarios de PROINVERSIÓN al Reino de España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2024-EF/10 Lima, 4 de octubre del 2024CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Servicios al Inversionista (DSI) de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, ha organizado en coordinación con la Cancillería, la Embajada de Perú en España y la Ofi cina Comercial del Perú en Madrid (OCEX Madrid) el “Roadshow España 2024” que comprende eventos de presentación y una agenda de reuniones bilaterales, que se desarrollarán del 15 al 17 de octubre de 2024, en las ciudades de Madrid y Barcelona, Reino de España; Que, el “Roadshow España 2024” tiene como objetivos especí fi cos, entre otros: i) Difundir la imagen del país como destino atractivo para la inversión, informando especí fi camente acerca del régimen de recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas, de los convenios de estabilidad jurídica y del registro de inversión extranjera; ii) Informar acerca del marco bajo el cual se desarrollan proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA) en el Perú; iii) Promover la cartera de proyectos en infraestructura y servicios públicos a cargo de PROINVERSIÓN ante potenciales postores y agentes proveedores de fi nanciamiento; iv) Establecer contactos de alto nivel que permitan, en adelante, facilitar y potenciar la difusión del portafolio de proyectos APP en el sector Infraestructura; v) Informar acerca de la modalidad de Obras por Impuestos a los representantes de las matrices de las empresas con inversiones ya establecidas en el Perú y a empresas constructoras y/o consultoras en ingeniería que puedan ser contratistas bajo este mecanismo; vi) Mantener el contacto directo con inversionistas en el exterior en los