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57 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2024 El Peruano / de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, le otorgó la conformidad a la referida renuncia; asimismo, la fi scal recurrente cumplió con realizar la entrega de cargo correspondiente el día 24 de setiembre de 2024. Segundo: De acuerdo a la Resolución Nº 699- 2009-CNM de fecha 23 de diciembre de 2009, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura expidió el título de fi scal provincial civil y familia de Paucarpata del Distrito Fiscal de Arequipa, a la abogada YENY BALTAZARA VARGAS MAMANI. Tercero: La renuncia es un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes. Cuarto: Por lo expuesto, y teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada. Quinto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 6575-2024 adoptado en sesión ordinaria de fecha 3 de octubre de 2024 convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por la abogada YENY BALTAZARA VARGAS MAMANI al cargo de fi scal provincial titular de civil y familia de Paucarpata del Distrito Fiscal de Arequipa desde el día 27 de setiembre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada YENY BALTAZARA VARGAS MAMANI al cargo de fi scal provincial titular de civil y familia de Paucarpata del Distrito Fiscal de Arequipa desde el día 27 de setiembre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, a la Gerencia General, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la O fi cina General de Potencial Humano, así como a la interesada, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 2338037-2 Aceptan renuncia de fiscal provincial titular de familia de Nuevo Chimbote del Distrito Fiscal del Santa RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 056-2024-MP-FN-JFS Lima, 3 de octubre de 2024VISTOS: El o fi cio Nº 004345-2024-MP-FN-PJFSSANTA de fecha 25 de setiembre de 2024, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, la carta de renuncia del abogado LORENZO JAVIER MELGAREJO, la Resolución Nº 529-2023-JNJ de fecha 3 de julio de 2023 expedida por la Junta Nacional de Justicia, el proveído Nº 004097-2024-MP-FN-OREF emitido por la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ de fecha 23 de agosto de 2021 suscrito por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Primero: Mediante escrito de fecha 23 de setiembre de 2024, el abogado LORENZO JAVIER MELGAREJO presentó ante el Despacho de la Fiscalía de la Nación su carta de renuncia, la misma que fue remitida a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el mismo día a través de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación; carta que con fecha 25 de setiembre de 2024 el recurrente canalizó a través de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, siendo que ésta última la remitió el mismo día a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos mediante o fi cio Nº 004345-2024-MP-FN-PJFSSANTA; misiva por la que, renuncia al cargo de fi scal provincial titular de familia de Nuevo Chimbote del Distrito Fiscal del Santa, por motivos estrictamente personales y familiares, solicitando que su efectividad sea considerada a partir del día 1 de octubre de 2024. La referida presidencia le otorgó la conformidad a la presente carta de renuncia. A través del o fi cio Nº 004504-2024-MP-FN-PJFS SANTA de fecha 3 de octubre de 2024, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, remitió a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el Acta de entrega de cargo del abogado LORENZO JAVIER MELGAREJO en su condición de fi scal provincial de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Nuevo Chimbote del Distrito Fiscal del Santa. Segundo: De acuerdo a la Resolución Nº 529-2023- JNJ de fecha 3 de julio de 2023, la Junta Nacional de Justicia expidió el título de fi scal provincial de familia de Nuevo Chimbote del Distrito Fiscal del Santa, a favor del abogado LORENZO JAVIER MELGAREJO. Tercero: La renuncia es un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes. Cuarto: Por lo expuesto, y teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada. Quinto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 6576-2024 adoptado en sesión ordinaria de fecha 3 de octubre de 2024 convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado LORENZO JAVIER MELGAREJO al cargo de fi scal provincial titular de familia de Nuevo Chimbote, del Distrito Fiscal del Santa desde el día 1 de octubre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;