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49 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2024 El Peruano / los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa N° 000170-2024-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, para designar al señor César Augusto Catacora Pantigozo, como Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERÚ, entidad bajo su ámbito de control; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos del profesional propuesto por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial para ser designado en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERÚ, entidad bajo el ámbito de Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, la designación propuesta cumple con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 042-2024-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 001251-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000985-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría de designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERÚ, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor César Augusto Catacora Pantigozo en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERÚ. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERÚ proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2338395-1 Designan profesionales en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación y del Poder Judicial RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 642-2024-CG Lima, 25 de octubre de 2024VISTOS:La Hoja Informativa N° 000169-2024-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; el Memorando N° 000529-2024-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico; la Hoja Informativa N° 000162-2024-CG/JUSPE y el Memorando N° 000995-2024-CG/JUSPE, de la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral; el Memorando N° 001451-2024-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 002498-2024-CG/ POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000630-2024-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa N° 000982-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 001246-2024-CG/ GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas