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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 1 de setiembre de 2024 El Peruano / Designan Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0661-2024-RE Lima, 29 de agosto de 2024VISTOS:El Memorándum N° DSL007202024 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 1 de agosto de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3179 del Despacho Viceministerial, de 5 de agosto de 2024; y, el Memorándum N° OAP026192024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 22 de agosto de 2024; CONSIDERANDO:Que, la Comisión Ballenera Internacional (CBI) es una organización internacional de carácter multilateral responsable de la gestión de la caza y la conservación de las ballenas, establecida mediante la “Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena”, adoptada en Washington D.C, Estados Unidos de América, el 2 de diciembre de 1946; Que, el Perú es un Estado parte de la referida Convención, y Miembro de la Comisión Ballenera Internacional, desde el 18 de junio de 1979; Que, el artículo III de la referida Convención establece que la Comisión Ballenera Internacional estará compuesta por un miembro de cada uno de sus Estados parte; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0674- 2016-RE, de 20 de julio de 2016, se designó al Director de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites, y Asuntos Antárticos como Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI);Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 0432- 2024-RE, de 17 de junio de 2024, se designó al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Julio Armando Reinoso Calderón como Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a partir del 15 de julio de 2024; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al citado funcionario diplomático como Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI); Que, en virtud a lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros; y, De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Julio Armando Reinoso Calderón, Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, 975 479 164 • Directo: (01) 433 4773 suscripciones@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 oUgarte N° 873 - Lima 1)315-0400PLAN IMPRESO + DIGITAL¿DESEAS MANTENER A TU EMPRESA INFORMADA?