NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/09/2024)
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14 NORMAS LEGALES Domingo 1 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, en armonía con el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento; Que, a través de la Resolución Decanal Nº 330-2024-UNSCH-FCB-D, de fecha 19 de agosto de 2024, la Facultad de Ciencias Biológicas aprobó la licencia con goce de haber del Dr. Gilmar Peña Rojas, Profesor Asociado a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Biológicas, para participar en el IV Congreso Iberoamericano de Ingeniería de Alimentos, en la Torre de Telecomunicaciones de Antel, Montevideo-Uruguay, a partir del 04 al 06 de setiembre de 2024; Que, con Memorando Nº 1390-2024-UNSCH-OPP-UP, de fecha 26 de agosto de 2024, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, ha emitido la opinión técnico-presupuestal para el viaje del Dr. Gilmar Peña Rojas; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje del Dr. Gilmar Peña Rojas, Profesor Asociado a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Biológicas de la Facultad de Ciencias Biológicas, para participar en el IV Congreso Iberoamericano de Ingeniería de Alimentos, en la Torre de Telecomunicaciones de Antel, Montevideo- Uruguay, a partir del 04 al 06 de setiembre de 2024; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59º, numeral 59.15 de la Ley Universitaria Nº 30220, el artículo 270º, numeral 16 del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 28 de agosto de 2024; El Rector, en uso de las facultades que le con fi ere la ley; RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al Dr. GILMAR PEÑA ROJAS, Profesor Asociado a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Ciencias Biológicas de la Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para participar en el IV Congreso Iberoamericano de Ingeniería de Alimentos, en la Torre de Telecomunicaciones de Antel, Montevideo-Uruguay, a partir del 04 al 06 de setiembre de 2024. Artículo 2º.- OTORGAR al Dr. GILMAR PEÑA ROJAS la ayuda económica para cubrir los gastos que demande dicho viaje, con cargo al Presupuesto Institucional 2024 de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, de acuerdo al siguiente detalle: CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 0137 Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica PRODUCTO : 3000742 Facilidades y Desarrollo de la Investigación, Innovación y Transferencia Tecnológica ACTIVIDAD : 5005296 Apoyo a Proyectos de Investigación en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica FINALIDAD : 0138063 Apoyo a Proyectos de Investigación en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 4. Donaciones y Transferencias RUBRO : 13. Donaciones y Transferencias SEC-FUNC : 0070 N° DE TRANSFERENCIA : 127 - 2023 (PROCIENCIA) ESPECÍFICA DE GASTO : 2.3.2 1.1 1 Pasajes y Gastos de Transporte S/ 2,240.00 2.3.2 1.1 2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio S/ 6,850.00 Artículo 3º.- DISPONER que el Dr. GILMAR PEÑA ROJAS deberá efectuar la rendición de cuentas y presentar el informe al Rectorado y a la Dirección General de Administración, con sujeción a la normatividad de la materia. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga. Regístrese, comuníquese y archívese.ANTONIO JERÍ CHÁVEZ Rector YURI WALTER VEGA JAIME Secretario General 2320289-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES