NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 14
TEXTO PAGINA: 4
4 NORMAS LEGALES Domingo 1 de setiembre de 2024 El Peruano / Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 7 de setiembre de 2024 al 8 de agosto de 2025; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto le permitirá al personal militar designado intercambiar conocimientos y experiencias, así como expandir su carácter, liderazgo, intelecto y competencias profesionales a niveles demandados para su primera comisión como O fi ciales, a fi n de garantizar que el citado o fi cial subalterno esté preparado para las fases posteriores de formación especializada, tras haber completado la formación inicial según los estándares prescritos y haber adquirido una apreciación del entorno marítimo, fortaleciendo la imagen de la Marina de Guerra del Perú y asegurando el modelo de acreditación para programas de estudios de educación superior universitaria; Que, conforme a lo indicado en la Carta s/n de fecha 6 de octubre de 2024 del Agregado de Defensa a la Embajada Británica en el Perú, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cubrirá la totalidad de la matrícula (costos académicos), seguro médico, alojamiento y alimentación, a excepción del transporte interno; por lo que de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 125- 2024 suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por conceptos de pasajes aéreos y terrestres de ida, el veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y el gasto de traslado correspondiente a la ida se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 147-2024, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; Que, a través de las Certi fi caciones de Crédito Nº 0000000011, Nº 0000000101, Nº 0000000156 y Nº 0000000570 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 8 de agosto de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Nº 6386/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el Curso Inicial de Entrenamiento Naval de O fi ciales, a realizarse en el Britannia Royal Naval College (BRNC), ubicado en Dartmouth, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 7 de setiembre de 2024 al 8 de agosto de 2025; así como, autorizar su salida del país el 5 de setiembre de 2024 y su retorno el 9 de agosto de 2025; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 02407-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 039-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 01464-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Augusto Mauricio LOAIZA DÍAZ, identi fi cado con CIP N° 00122907 y DNI N° 72035666, para que participe en el Curso Inicial de Entrenamiento Naval de O fi ciales, a realizarse en el Britannia Royal Naval College (BRNC), ubicado en Dartmouth, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 7 de setiembre de 2024 al 8 de agosto de 2025, así como autorizar su salida del país el 5 de setiembre de 2024 y su retorno el 9 de agosto de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: