NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, el numeral 4 de la Décima Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Ministerio del Ambiente, como autoridad nacional en materia de cambio climático, aprueba los lineamientos o documentos metodológicos, según corresponda, sobre la recepción, administración y distribución de los bene fi cios provenientes de pago por resultados de REDD+, de forma equitativa y con pertinencia cultural, cuyos bene fi ciarios son, entre otros, los pueblos indígenas u originarios y las comunidades locales que viven en y alrededor de los bosques; Que, mediante Resolución Ministerial N° 293-2022-MINAM se dispuso la publicación del proyecto de “Lineamiento para la recepción y administración del fi nanciamiento para las fases de REDD+ en el Perú”, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo; Que, a través de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, se establece que: (…) La publicación de los proyectos normativos que, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente norma, tengan informe técnico del órgano de línea del sector proponente o el que haga sus veces, se rigen por las disposiciones del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.” Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación es un órgano de línea que tiene entre sus funciones, conducir la implementación de la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Evitada de Bosques REDD+, en coordinación con las entidades competentes; Que, a través del Informe N° 00300-2024-MINAM/ VMDERN/DGCCD e Informe N° 00203-2024-MINAM/VMDERN/DGCCD/DMGEI, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación sustenta y propone la aprobación del “Lineamiento para la recepción, administración y distribución del fi nanciamiento REDD+ en el Perú”, el cual tiene por objeto el establecer las disposiciones referidas a la recepción y administración del fi nanciamiento para las tres fases de REDD+ en el Perú: preparación, implementación y pago por resultados de REDD+, así como pautas generales para la distribución de los bene fi cios provenientes de pago por resultados de REDD+, a fi n de contribuir a la reducción de las emisiones y/o incremento de remociones de GEI provenientes de la deforestación y degradación de los bosques; para lo cual se toma en consideración los aportes y comentarios recibidos durante la mencionada prepublicación, por lo que corresponde su aprobación; Que, mediante Memorando N° 00782-2024-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 00244-2024- MINAM/SG/OGPP/OPM, a través del cual, la O fi cina de Planeamiento y Modernización emite opinión favorable para la aprobación del “Lineamiento para la recepción, administración y distribución del fi nanciamiento REDD+ en el Perú”; Que, mediante Informe N° 00650-2024-MINAM/SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la aprobación del referido proyecto normativo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Lineamiento para la recepción, administración y distribución del fi nanciamiento REDD+ en el Perú”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2324890-1 Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2024 del Ministerio del Ambiente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00285-2024- MINAM Lima, 12 de setiembre de 2024 VISTOS; el Acta N° 001-2024-MINAM/CST de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; el Memorando N° 01437-2024-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00845-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA e Informe N° 00262-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe N° 00646-2024-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, a través del artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y de la Sétima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se dispone la creación de Comisiones Sectoriales de Transferencia, presidida por un/a Viceministro/a del Sector, la que debe presentar planes anuales de transferencia; Que, el literal b) del numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva N° 001-2024-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de