NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 38
TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Lunes 30 de setiembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad, señala: “El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad. Esta constituido como un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa de administración, económica, y fi nanciera. Constituye Pliego Presupuestario”; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2022-EF, regula el Sistema Nacional de Contabilidad, conformante de la Administración Financiera del Sector Público, en cuyo numeral 4.3 del artículo 4 establece que el marco para la preparación de la información fi nanciera en las entidades del sector público son las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (en adelante, NICSP); Que, mediante la Resolución Directoral N° 013-2023- EF/51.01 se aprueba la aplicación en el Perú de las NICSP de acumulación o devengo, el prólogo a las NICSP y el marco conceptual para la información fi nanciera con propósito general de las entidades del sector público, de la edición 2022, que forman parte del marco para la preparación de la información fi nanciera en las entidades del sector público, con vigencia desde el 01 de enero de 2024; Que, mediante Resolución Directoral N° 016-2023- EF/51.01 se aprueban disposiciones para la aplicación del marco de las NICSP en la preparación de la información fi nanciera en las entidades del sector público, con vigencia desde el 1 de enero de 2024; Que, con Resolución Directoral N° 004-2024-EF/51.01 se aprueba la Directiva N° 001-2024-EF/51.01 “Directiva General para el proceso de transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”, la cual establece los lineamientos generales para el proceso de transición al marco de las NICSP, que permita la generación de información fi nanciera e información presupuestaria para la rendición de cuentas y toma de decisiones, que contribuyan con la transparencia pública; Que, por Resolución Directoral N° 005-2024- EF/51.01 se aprueba el Instructivo N° 001-2024-EF/51.01 “Instructivo para la planifi cación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público” (en adelante, Instructivo), en cuyos numerales 4.1.1 y 4.1.2 establece que mediante resolución el titular, a propuesta de la jefatura de la Ofi cina General de Administración o la que haga sus veces, aprueba la conformación de una Comisión Especial de Transición (en adelante, CET); asimismo, designa, sin que esta función sea delegable, al personal a cargo de las acciones de seguimiento durante el periodo en que se lleve a cabo la transición; Que, el numeral 4.2.1 del Instructivo establece que la CET es una comisión técnica que actúa conforme a las funciones establecidas en dicho Instructivo, según las normas de transición y las instrucciones recibidas del titular. Las funciones de la CET están orientadas a las acciones de planifi cación, ejecución y culminación de la transición al marco de las NICSP; Que, el numeral 4.2.2 del Instructivo establece que la CET debe estar conformada obligatoriamente por un representante del titular, la jefatura de la Ofi cina General de Administración y la jefatura de la Ofi cina de Contabilidad. Adicionalmente, pueden formar parte de la CET las jefaturas de las áreas a cargo de los rubros relevantes de los estados fi nancieros o quienes hagan sus veces. La CET ejerce funciones mientras la entidad se encuentre en transición al marco de las NICSP; Que, la Unidad de Contabilidad y Tesorería, con Informe N° D000028-2024-CONADIS-UCT, sustenta la necesidad de conformar la CET y designar al personal de seguimiento durante el procedimiento que se lleve a cabo para la transición al marco de las NICSP; razón por la cual, la Ofi cina de Administración, mediante Memorando N° D000586-2024-CONADIS-OAD, propone dicha conformación y designación; Que, el numeral 4.1.5 del Instructivo establece que el titular de la entidad puede delegar en la máxima autoridad administrativa o en quien haga sus veces, la aprobación de las acciones requeridas para la transición al marco de las NICSP, sin que ello implique la delegación de la responsabilidad de supervisión; Que, el artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, establece que la Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad administrativa de la entidad, responsable de la conducción, coordinación y supervisión de la administración interna; Que, mediante Resolución de Presidencia N° D000001- 2024-CONADIS-PRE, modifi cada con las Resoluciones de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE y N° D000163-2024-CONADIS-PRE, la Presidencia delega determinadas facultades a diferentes órganos y unidades de organización para el ejercicio fi scal 2024; Que, en ese orden de ideas, la Presidencia dispone delegar en la Gerencia General, la facultad prevista en el numeral 4.1.5 del Instructivo; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, mediante Nota N° D000457-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000472-2024-CONADIS-OAJ, concluye que resulta jurídicamente viable la conformación de la CET, la designación del personal de seguimiento, así como, la delegación en el Gerente General de la facultad prevista en el numeral 4.1.5 del Instructivo; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina de Administración, de la Unidad de Contabilidad y Tesorería y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; el Decreto Supremo N° 057-2022-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; la Resolución Directoral N° 013-2023-EF/51.01; la Resolución Directoral N° 016-2023-EF/51.01; la Resolución Directoral N° 004-2024-EF/51.01, que aprueba la Directiva N° 001-2024-EF/51.01 “Directiva General para el proceso de transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público”; la Resolución Directoral N° 005-2024-EF/51.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2024-EF/51.01 “Instructivo para la planifi cación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE; SE RESUELVE:Artículo 1.- CONFORMAR la Comisión Especial de Transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, la cual estará integrada de la siguiente manera: 1. Director/a de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en representación del/de la titular de la entidad. 2. Director/a de la Ofi cina de Administración. 3. Director/a de la Unidad de Contabilidad y Tesorería. Artículo 2.- DESIGNAR al Gerente General como responsable de las acciones de seguimiento durante el periodo en que se lleve a cabo la transición al marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. Esta función es indelegable. Artículo 3.- INCORPORAR el numeral 1.7 al artículo 1 de la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADIS-PRE, conforme al siguiente tenor: