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8 NORMAS LEGALES Sábado 5 de abril de 2025 El Peruano / Autorizan viaje de Directora (e) de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del INDECOPI a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2025-PCM Lima, 4 de abril de 2025 VISTO: El O fi cio Nº 000172-2025-PRE/INDECOPI de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización internacional cuyo objetivo es asistir a los gobiernos en el desarrollo de políticas destinadas a contribuir en la expansión de la economía y el empleo, así como a un aumento del nivel de vida en los países miembros, manteniendo la estabilidad fi nanciera y contribuyendo en el desarrollo de la economía mundial; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 041-2023- PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE, declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, que comprende la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca su proceso de adhesión; Que, desde al año 2012, nuestro país, a través del INDECOPI, es miembro participante del Comité de Políticas del Consumidor (CCP) de la OCDE y del Grupo de Trabajo sobre Seguridad de los Productos de Consumo (WPCPS); Que, el CCP tiene como fi nalidad promover el bienestar de los consumidores mediante el desarrollo y la aplicación de políticas que estén basadas en la evidencia, informadas por los conocimientos sobre el comportamiento; así como, fortalecer el rendimiento de los mercados mediante la protección de los consumidores contra aquellas prácticas comerciales que resulten fraudulentas o engañosas en el comercio electrónico y, principalmente, contra los productos peligrosos; Que, el WPCPS asiste al CCP en la promoción de la seguridad de los productos de consumo en los mercados mundiales y en la economía digital, en particular, mejorando la base empírica para la aplicación de la seguridad de los productos de consumo y reforzando los marcos normativos internacionales en dicha temática; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 21 de marzo de 2025, la Jefa de la Unidad de Políticas del Consumidor de la OCDE informa que la 30º Reunión del WPCPS y la 110º Reunión del CCP se realizarán los días 08 y 09 de abril de 2025, en la ciudad de París, República Francesa; Que, en las citadas reuniones se abordarán, entre otros, los siguientes temas: a) acciones para el desarrollo del Foro Mundial sobre Política de los Consumidores y los resultados de la Reunión Ministerial del CCP; b) renovación del mandato del CCP y del WPCPS; c) proyectos relacionados al uso de inteligencia arti fi cial; d) estudio del detrimento del consumidor en el comercio electrónico; d) proyecto sobre consumo sostenible; y, e) sesión cerrada de acceso/adhesión a la OCDE; Que, el artículo 100 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor es el órgano de línea responsable de coordinar y ejecutar las acciones que corresponden al INDECOPI, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en coordinación con las unidades de organización competentes en materia de protección al consumidor del INDECOPI; Que, a través del Informe Nº 000049-2025-DPC/ INDECOPI, la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del INDECOPI señala que su participación en las referidas reuniones permitirá contar con insumos sobre tendencias a nivel global que afectan a los consumidores y conocer las experiencias de otras agencias de consumo, así como las recomendaciones de la OCDE para abordar las problemáticas que afectan a los consumidores; lo que coadyuvará al desarrollo de medidas regulatorias y no regulatorias que fortalezcan el Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, y a la generación de mayor bienestar a los consumidores; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora YVETTE STEPHANY SANGUINETI CAMPOS, Directora (e) de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del INDECOPI, del 06 al 10 de abril de 2025, a la ciudad de París, República Francesa, para participar en las citadas reuniones; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los mencionados eventos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora YVETTE STEPHANY SANGUINETI CAMPOS, Directora (e) de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 06 al 10 de abril de 2025, a la ciudad de París, República Francesa, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos (US$)Viáticos por día (US$)Número de días (viáticos)Total viáticos (US$)Total (US$) YVETTE STEPHANY SANGUINETI CAMPOS3,008.40 540 2+2 2,160.00 5,168.40