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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (05/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 5 de abril de 2025 El Peruano / LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2525796-HUAY-PQ4EU-70 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA: 430.85 m².AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE W6 W6-X6 36.89 287508.9057 8670741.7863 X6 X6-Y6 5.00 287524.9198 8670775.0192 Y6 Y6-Z6 5.00 287527.4335 8670779.3415 Z6 Z6-A7 5.00 287529.9372 8670783.6694 A7 A7-B7 5.00 287532.4638 8670787.9842 B7 B7-C7 5.00 287534.9665 8670792.3127 C7 C7-D7 5.00 287537.4813 8670796.6343 D7 D7-E7 4.10 287539.9896 8670800.9596 E7 E7-F7 0.84 287542.0439 8670804.5106 F7 F7-G7 4.66 287542.4619 8670805.2361 G7 G7-H7 4.66 287544.7542 8670809.2985 H7 H7-I7 4.67 287546.9065 8670813.4372 I7 I7-J7 4.67 287548.9526 8670817.6298 J7 J7-K7 3.89 287550.8885 8670821.8749 K7 K7-L7 0.78 287552.3992 8670825.4560 L7 L7-M7 4.67 287552.6948 8670826.1772 M7 M7-N7 4.67 287554.3769 8670830.5297 N7 N7-O7 4.67 287555.9320 8670834.9292 O7 O7-P7 22.27 287557.3774 8670839.3661 P7 P7-A 20.43 287564.6024 8670860.4293 TOTAL 355.97 Certificado Registral Inmobiliario con publicidad N° 2023-4816477, emitido con fecha 08 de agosto de 2023 correspondiente a la partida registral N° 07014786 del Registro de propiedad inmuebles de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX – Sede Lima. Con Informes Técnicos Nº 111-2023/JRBA de fecha 08 de agosto de 2023 y N° 006-2025/JRBA de fecha 20 de enero de 2025, ambos sus critos por Verificador Catastral, Ing. Geógrafo Johnny Richard Bustamante Alberco, código 018032VCPZRIX. Con Certificado de Búsqueda Catastral con Publicidad N° 2023-3716451, emitido con fecha 16 de junio de 2023, con Informe Técnic o N°016733-2023-Z.R. N° IX-Sede Lima/UREG/CAT, emitido por la Oficina Registral de Lima, de la Zona Registral N° IX – Sede Lima 2387939-1 Que, el literal a) del numeral 2 del artículo 17B y el literal a) del artículo 24 de la Directiva señalan que la solicitud para el otorgamiento de la afectación en uso de cuotas ideales de bien inmueble, así como la solicitud de autorización o la comunicación de demolición, deben ser suscritas por la máxima autoridad administrativa de la entidad pública o a quien esta delegue, según el Anexo N° 2 de la Directiva; Que, según lo establecido en el artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, la Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección que está a cargo del Secretario General, quien es la autoridad administrativa inmediata al Presidente del Consejo de Ministros y responsable de la coordinación y supervisión de la gestión de los sistemas administrativos en la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de los órganos de administración interna, bajo su competencia; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, prescribe que las entidades pueden delegar el ejercicio de la competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; asimismo, se precisa que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente delegar en el Jefe de la O fi cina General de Administración, los actos de administración y actos de disposición sobre bienes inmuebles, establecidos en la Directiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Delegan diversas funciones y atribuciones al Jefe de la Oficina General de Administración, en el marco de la “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 027-2025-PCM/SG Lima, 4 de abril de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 0009- 2021-EF/54.01 se aprueba la Directiva N° 0002-2021- EF/54.01 “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles” (en adelante la Directiva), cuyo objeto es regular los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles privados; así como, la disposición fi nal de bienes inmuebles de titularidad del Estado o de las entidades públicas para su adecuada gestión en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento; Que, el numeral 19.4 del artículo 19; el literal (i) del numeral 25.6 del artículo 25; el numeral 32.3 del artículo 32; y, el numeral 37.7 del artículo 37 de la Directiva establecen que la máxima autoridad administrativa de la entidad pública, o a quien ésta haya delegado, mediante resolución, extingue la afectación en uso del bien inmueble, aprueba la afectación en uso del bien inmueble, revierte el dominio del bien inmueble o cuota ideal y aprueba la transferencia o la permuta del bien inmueble, respectivamente; Que, asimismo, el literal (ii) del numeral 25.6 del artículo 25 de la Directiva dispone que la máxima autoridad administrativa de la entidad pública, o a quien ésta haya delegado, en el marco de trámite de la afectación en uso de bienes inmuebles, emite un o fi cio autorizando la demolición solicitada;