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9 NORMAS LEGALES Sábado 5 de abril de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar a su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos; así como, la rendición de gastos correspondiente. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2387697-1 Autorizan viaje de profesionales de OSINERGMIN a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 069-2025-PCM Lima, 4 de abril de 2025CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de noviembre de 2017 se suscribió el “Acuerdo Institucional entre el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería de la República del Perú y la Comisión Nacional de Energía (CNE) de la República de Chile”, el cual tiene como objetivo el desarrollo de actividades de cooperación en materia de intercambio de información, conocimientos, iniciativas, apoyo técnico, procedimientos y trabajos de investigación, con la fi nalidad de contribuir en el mejoramiento de las labores de regulación y control de la actividades de hidrocarburos y electricidad; Que, asimismo, la “Declaración de Santiago”, suscrita el 22 de noviembre de 2022 en el marco del Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministras y Ministros de Chile y Perú, establece en su numeral 54 la intención de generar una instancia de colaboración entre representantes públicos y privados de ambos países que permita el intercambio de experiencias respecto a la actividad cientí fi ca y tecnológica, con enfoque de género, a fi n de reducir las brechas que afectan a mujeres, niñas y adolescentes en los campos de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas; Que, en dicho marco, el OSINERGMIN y la CNE aprobaron el Plan de Trabajo para el Intercambio de Experiencias Regulatorias, el mismo que establece tres puntos focales para el citado intercambio: i) Regulación del gas natural; ii) Regulación de los sistemas de almacenamiento en el sector eléctrico; y, iii) Gestión de la información y gobierno de datos; Que, a través del Informe Nº I-GSTI-205-2025, la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información del OSINERGMIN sustenta la importancia de que el señor JORGE MANUEL DIAZ MAZABEL y la señora RITHA GIOVANNA ZEGARRA RUESTA, profesionales de dicha Gerencia, realicen una visita técnica a las instalaciones de la CNE, para el intercambio de experiencias en gestión de la información y gobierno de datos, que se llevará a cabo del 21 al 25 de abril de 2025, en la ciudad de Santiago, República de Chile; precisando que, el intercambio de experiencias en gestión de la información y gobierno de datos está alineado al cumplimiento del Plan Estratégico Institucional PEI 2023-2028, así como de los objetivos estratégicos y planes institucionales del OSINERGMIN; Que, la participación de los citados profesionales en el intercambio de experiencias en gestión de la información y gobierno de datos permitirá: a) fortalecer los conocimientos sobre las estrategias aplicables a la regulación y fi scalización, determinación de empresas modelo, y experiencias internacionales en transformación digital; b) recoger lecciones aprendidas sobre gobernanza de datos; y, c) adquirir experiencias sobre la gestión de la información comercial y estándares que podrán utilizarse como valor agregado en los futuros proyectos tecnológicos que desarrolle el OSINERGMIN en el corto y mediano plazo; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor JORGE MANUEL DIAZ MAZABEL y de la señara RITHA GIOVANNA ZEGARRA RUESTA, profesionales de la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información del OSINERGMIN, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para participar en el referido evento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en el citado evento serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del OSINERGMIN, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JORGE MANUEL DIAZ MAZABEL y de la señora RITHA GIOVANNA ZEGARRA RUESTA, profesionales de la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 21 al 25 de abril de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos (USD) Incluye TUUAViáticos por día (USD)Número de díasTotal Viáticos (USD) JORGE MANUEL DIAZ MAZABEL726.50 370.00 4+1 1,850.00 RITHA GIOVANNA ZEGARRA RUESTA726.50 370.00 4+1 1,850.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyos viajes se autorizan en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante su entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de gastos correspondiente. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación