Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (22/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 22 de abril de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor FEDERICO ALFONSO JOSÉ VIZQUERRA LOZANO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 25 de abril de 2025, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos por la empresa A & S AVIATION PACIFIC SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEX TO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDO DEL 23 AL 25 DE ABRIL DE 2025 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0137-2025-MTC/12.04 Y Nº 0150-2025-MTC/12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 0657-2025- MTC/12.0423-Abr 25-Abr US$ 1,110.00A & S AVIATION PACIFIC SOCIEDAD ANONIMA CERRADAFEDERICO ALFONSO JOSÉ VIZQUERRA LOZANOBOGOTÁ REPÚBLICA DE COLOMBIAChequeo de competencia de piloto y mecánico de a bordo (MAB) en simulador de vuelo en el equipo MI- 8MTV-1 / MI-8AMT / MI-171 a personal aeronáutico.0004194 y 0004195 2392311-1 Aprueban dos (2) Fichas de Homologación denominadas: (i) Puente Metálico Modular de armado rápido y, (ii) Perfil del personal clave y experiencia del postor en la especialidad para el servicio de instalación de puente metálico modular RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2025-MTC/01 Lima, 16 de abril de 2025VISTOS: El O fi cio N° 0044-2025-MTC/10 y el Informe N° 0130-2025-MTC/10 de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y, el O fi cio N° 000164-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - Perú Compras; CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 4 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que este Ministerio es competente de manera exclusiva en infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional; Que, el artículo 3 de la precitada Ley N° 29370, establece que el sector Transportes y Comunicaciones comprende el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y las entidades a su cargo, y aquellas instituciones públicas, organizaciones privadas y personas naturales que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia; en esa línea, el artículo 174 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, comprende al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (en adelante, Provías Nacional), como uno de sus programas y proyectos especiales;Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras (en adelante, Perú Compras). Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de dicha Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344- 2018-EF (en adelante, Reglamento de la Ley N° 30225), establece que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de califi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras; y que el uso de la Ficha de Homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente; Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 30225, dispone, entre otros, que la aprobación de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras; para lo cual se debe contar con la opinión favorable de dicho Organismo Público; Que, los numerales 7.5 y 8.13 de la Directiva N° 008- 2023-PERÚ COMPRAS denominada “Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000164-2023-PERÚ COMPRAS JEFATURA, establecen que los Ministerios elaboran la Ficha de Homologación describiendo las características técnicas especi fi cadas y/o condiciones de ejecución y/o requisitos de cali fi cación, del requerimiento uniformizado por el ministerio en el ámbito