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32 NORMAS LEGALES Martes 22 de abril de 2025 El Peruano / (ii) las tarifas que se obtienen a partir de la metodología del costo del servicio; Que, mediante Resolución Suprema N° 149-2000-ITINCI, se creó el “Centro de Innovación Tecnológica Vitivinícola - CITEvid”; de igual forma, con Decreto Supremo N° 003-2013- PRODUCE, se dispuso la modi fi cación de la denominación del “CITEvid” por “Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial” y, posteriormente, con Resolución Ministerial N° 038-2019- PRODUCE, se dispuso el cambio de la denominación del “Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial”, por el de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial”; así también, mediante Resolución Ejecutiva N° 0068-2023-ITP/DE, se aprobó el Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial, conformado por doscientos cincuenta y ocho (258) servicios tecnológicos, consignados en el Anexo correspondiente; Que, con Memorando N° 1677-2024-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL, sustentado en el Informe N° 0016-2024-ITP/GI-CITEAGROICA, ambos de fecha 16 de agosto de 2024, el CITEagroindustrial remitió a la DEDFO su propuesta de inclusión de treinta y tres (33) nuevos servicios tecnológicos al Tarifario de Servicios Tecnológicos vigente; Que, mediante Memorando N° 0667-2024-ITP/ DEDFO de fecha 21 de agosto de 2024, sustentado en el Informe N° 0055-2024-ITP/CAS-DEDFO de fecha 20 de agosto de 2024, la DEDFO emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de treinta y tres (33) nuevos servicios tecnológicos, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 01-2021-ITP/DE y el Marco conceptual vigente; asimismo, consideró que los treinta y tres (33) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE, “Disposiciones sobre el diseño y aplicación de esquemas promocionales para el acceso a los servicios tecnológicos que brinda el ITP”, aprobada por Resolución Ejecutiva N° 153-2023-ITP/DE, referido al régimen de incentivos aplicable a los servicios tecnológicos aprobados en los tarifarios; Que, mediante Memorando N° 0318-2025-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL-ICA de fecha 27 de febrero de 2025, sustentado en el Informe N° 0006-2025-ITP/GI-CITEAGROICA, de fecha 21 de febrero de 2025, el CITEagroindustrial remitió el CDS validado con treinta y tres (33) nuevos servicios tecnológicos y las estructuras de costos enmarcadas en la metodología e incluidas en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR; Que, con Memorando N° 0482-2025-ITP/OA, sustentado en el Informe N° 0933-2025-ITP-OA-UFABAST, ambos de fecha 13 de marzo de 2025, y Memorando N° 0518-2025-ITP/OA de fecha 18 de marzo de 2025, sustentado en el Informe N° 0977-2025-ITP/OA-UFABAST e Informe N° 0111-2025-ITP-OA- UFABAST-CP, ambos de fecha 18 de marzo de 2025, la OA ha validado los costos de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial y señaló que el Área de Control Patrimonial ha revisado los registros de los activos en el expediente N° AGROICA000000012024 del Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR referido a la propuesta de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial, los cuales se encuentran conforme a los registrados en el Módulo SIGA Patrimonio y se encuentran conciliados con contabilidad; Que, mediante Memorando N° 0605-2025-ITP/ OGRRHH de fecha 17 de marzo de 2025, la OGRRHH remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de nuevos servicios tecnológicos del CITEagroindustrial, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 1976-2025-ITP/OPPM de fecha 25 de marzo de 2025, sustentado en el Informe Técnico N° 0020-2025-ITP/MODERNIZACION de fecha 24 de marzo de 2025, la OPPM emitió opinión técnica favorable sobre la propuesta de modi fi cación del Tarifario del CITEagroindustrial para la inclusión de treinta y tres (33) nuevos servicios tecnológicos de acuerdo con el CDS, señalando además que, dichos servicios tecnológicos se basan en el principio de subsidiariedad y cuenta con la validación de la estructura de costos por parte de la O fi cina de Administración y la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos de conformidad con el Instructivo N° INST- 001-2024-ITP/DE; así como la modi fi cación de las Notas N° 2, 3, 4, 5 y 10; manteniéndose doscientos cincuenta y ocho (258) servicios tecnológicos aprobados con el Tarifario vigente, por tanto, este debe estar conformado por doscientos noventa y un (291) servicios tecnológicos, adjuntando, para tal efecto, la propuesta fi nal del referido Tarifario; Que, mediante Informe N° 0189-2025-ITP/OAJ de fecha 15 de abril de 2025, la OAJ opinó que corresponde la modi fi cación del tarifario vigente del CITEagroindustrial aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0068-2023-ITP/DE, a fi n incluir treinta y tres (33) nuevos servicios tecnológicos, así como la modi fi cación de las Notas N° 2, 3, 4, 5 y 10 y manteniéndose doscientos cincuenta y ocho (258) servicios tecnológicos aprobados con el Tarifario vigente; en ese sentido, señaló que el Tarifario estará compuesto por doscientos noventa y un (291) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas, a ser prestados por el mencionado CITE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial”, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0068-2023-ITP/DE, a fi n de incluir treinta y tres (33) nuevos servicios tecnológicos, así como la modi fi cación de las Notas N° 2, 3, 4, 5 y 10 quedando este conformado por doscientos noventa y un (291) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas, detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información, en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO Directora EjecutivaInstituto Tecnológico de la Producción 2392028-1