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6 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de agosto de 2025 El Peruano / equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, así como para la elaboración de los estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes, que le sean delegados mediante convenio; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1615 establece ocho (08) modelos de convenios que puede suscribir el OEDI con los gobiernos regionales y gobiernos locales; Que el artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1615, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-PCM, establece que el OEDI suscribe con los gobiernos regionales y locales los convenios referidos en el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1615, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la evaluación favorable a sus solicitudes; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1615, señala que el OEDI aprueba los modelos de convenio a ser suscritos con los gobiernos regionales o locales, mediante resolución jefatural en coordinación con el ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, en atención a los dispositivos legales antes mencionados, mediante Resolución Jefatural N° 004-2024-OEDI-JEF del 03 de junio del 2024, se aprueba los modelos de convenios a ser suscritos entre el OEDI con los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000020-2025- OEDI/JEF del 21 de febrero del 2025, se modi fi ca el artículo 1 de la resolución mencionada en el considerando precedente, precisándose que, “el OEDI puede realizar adecuaciones a los modelos de los convenios siempre que éstas no alteren la naturaleza o el objeto de las cláusulas aprobadas y, cumplan con las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1615, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-PCM, y la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones” ; Que, mediante el Informe Legal N° 000096-2025- OEDI/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe N° 000118-2025-OEDI/GG-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, se advierten errores materiales en la denominación de los modelos de convenios 6 y 8 aprobados y que contravienen, especí fi camente, lo dispuesto en los literales f) y h) del numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1615, respectivamente, tal como se muestra a continuación: N° Decreto Legislativo N° 1615Resolución Jefatural N° 004-2024-OEDI/JEF y modi fi catoria 1“f) Convenio de colaboración para la asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión, así como de asistencia técnica desde los actos preparatorios hasta el perfeccionamiento del contrato para la contratación de los estudios de preinversión.”“Modelo 6: Convenio de colaboración para la asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión, o de asistencia técnica desde los actos preparatorios hasta el perfeccionamiento del contrato para la contratación de los estudios de preinversión.” 2“h) Convenio de colaboración para la asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como de asistencia técnica desde los actos preparatorios hasta el perfeccionamiento del contrato para la contratación de la elaboración de los estudios de preinversión y de los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión”.“Modelo 8: Convenio de colaboración para la asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión; o, de asistencia técnica desde los actos preparatorios hasta el perfeccionamiento del contrato para la contratación de la elaboración de los estudios de preinversión y de los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión”.Que, por otro lado, mediante la Ley N° 32394 del 29 de junio del presente año, se dicta la “Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas”, la misma que dispone en el primer párrafo de su Décima Primera Disposición Complementaria Final, que esta entidad se encuentra autorizada, para que adicionalmente a los convenios señalados en el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo 1615, suscriba con los gobiernos regionales y gobiernos locales convenios de colaboración para asistencia técnica en la actualización o elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión, a cargo de las citadas entidades, debiendo cumplir con lo dispuesto en los numerales 7.2 y 7.4 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo 1615, aprobado por el Decreto Supremo 023-2024-PCM o norma que lo sustituya, para lo cual el OEDI, mediante resolución jefatural, aprueba el modelo de convenio y el alcance de la actualización en el marco de la asistencia técnica, en coordinación con el ente rector de Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones ; Que, en virtud a ello, mediante Memorando N° 000235- 2025-OEDI/JEF-DATEC la Dirección de Asistencia Técnica y Capacitación, hace suyo el Informe N° 000079-2025- OEDI/JEF-DATEC-MARO, a través del cual sustenta y remite tanto el modelo de convenio como el alcance de la actualización en el marco de la asistencia técnica a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, en atención a lo advertido en los considerandos ocho y diez de la presente resolución, y la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1615, la Jefatura del OEDI en coordinación con la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas elaboran el proyecto de resolución que aprueba el modelo de convenio y el alcance de la actualización en el marco de la asistencia técnica que brinda el OEDI, conforme a lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Complementaria Final de Ley N° 32394; Que, mediante Informe N° 000118-2025-OEDI/ GG-OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión técnica respecto a la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución N° 004-2024- OEDI/JEF y modi fi catoria, asi como sobre el alcance de la elaboración y la actualización de los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión en el marco de la asistencia técnica que brinda el OEDI; Que, mediante Informe Legal N° 000096-2025-OEDI/ GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, a la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución N° 004-2024-OEDI/JEF y modi fi catoria, así como sobre el alcance de la elaboración y la actualización de los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión en el marco de la asistencia técnica que brinda el OEDI; Con los vistos de la Dirección de Asistencia Técnica y Capacitación, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, en la Décima Disposición Complementaria de la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas, el Decreto Supremo N° 023-2024-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1615; y, la Resolución Jefatural N° 002-2024-OEDI-JEF, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 004-2024-OEDI-JEF, modi fi cada por Resolución Jefatural N° 000020-2025-OEDI/JEF, en los términos siguientes: “Artículo 1.- Aprobación de los modelos de convenios Aprobar los modelos de convenios a ser suscritos entre el OEDI con los gobiernos regionales y los gobiernos