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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (07/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 7 de agosto de 2025 El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2017-MC, se dispuso la modi fi cación del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, incorporando el Capítulo XIII, referido a la determinación de la protección provisional de los bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley N° 28296, señala que el plazo de la protección provisional es prorrogable por el plazo correspondientes, el cual debe ser debidamente sustentado; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 000001-2025-VMPCIC-MC de fecha 02 de enero de 2025 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 05 de enero de 2025, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2025, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Directoral N° 000135- 2023-DGPA/MC del 01 de agosto de 2023, publicada en el Diario El Peruano el 06 de agosto del 2023, se determinó la protección provisional del paisaje arqueológico Petroglifo de Santa Rosa de Quesada, ubicado en el distrito de Mariano Dámaso Beraún, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo de acuerdo a las especi fi caciones técnicas del plano perimétrico con código N° PPROV-063-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 000006-2025/SDPCICI-DDC HCO /MC de fecha 03 de abril de 2025 la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco remite el Informe N° 000119-2025/DDC HCO-AAU/MC por el cual se sugiere se impulse la prórroga de la protección provisional del paisaje arqueológico Petroglifo de Santa Rosa de Quesada, atendiendo a que persiste la afectación y a su vez poder evitar riesgos de que pueda sufrir nuevas afectaciones; Que, mediante Informe N° 000644-2025/DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 24 de abril de 2025, por el que se remite el Informe N° 000107-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC de la misma fecha, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal recomienda emitir ato administrativo que prorrogue la determinación de la protección provisional del paisaje arqueológico Petroglifo de Santa Rosa de Quesada, dispuesta a través de la Resolución Directoral N° 000135-2023-DGPA/MC, atendiendo a que la misma aún se encuentra vigente; Que, a través del Informe N° 000287-2025/DGPA- VMPCIC-ARD/MC, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble señala que aún no se cuenta con la información sobre la identi fi cación de afectación a los derechos colectivo de los pueblos indígenas u originarios, en el marco de las acciones de delimitación y declaración de fi nitiva como patrimonio cultural de la Nación del mencionado bien inmueble prehispánico por lo que opina que resulta pertinente conceder la prórroga de plazo de la vigencia de la determinación de la protección provisional del paisaje arqueológico Petroglifo de Santa Rosa de Quesada, ubicado en el distrito de Mariano Dámaso Beraún, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, contenida en la Resolución Directoral N° 000135-2023-DGPA/MC; a fi n de que se cumpla con la identi fi cación, declaración y delimitación de fi nitiva del bien inmuebles prehispánico; encontrándose dicha solicitud dentro de los alcances del numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de la determinación de la protección provisional del paisaje arqueológico Petroglifo de Santa Rosa de Quesada, ubicado en el distrito de Mariano Dámaso Beraún, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000135-2023-DGPA-MC. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, la conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originario. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, los alcances de la presente resolución, a fi n de que, en ejercicio de sus funciones y atribuciones, determine proseguir con las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional que resulten necesarias para la protección y conservación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura). Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad distrital de Mariano Dámaso Beraún, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Sexto.- ANEXAR a la presente resolución, el Memorando N° 000006-2025/SDPCICI-DDC HCO MC, el Informe N° 000644-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MC, el Informe N° 000107-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC y el Informe Nº 000287-2025-DGPA-VMPCIC-ARD-MC las que se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura ( https://www.gob.pe/cultura) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director GeneralDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2424976-1 Prorrogan plazo de la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico Huacachi, ubicado en el distrito de Pallanchacra, provincia y departamento de Pasco RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000294-2025-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 4 de agosto del 2025Vistos, la Resolución Directoral N° 000137-2023- DGPA/MC de fecha 04 de agosto del 2023, publicada en el Diario El Peruano el 10 de agosto del 2023 que resolvió determinar la protección provisional del sitio arqueológico