Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (11/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 11 de agosto de 2025 El Peruano / Que, la obra establece el marco normativo que reguló la organización, funcionamiento y fi nes del Ilustre Colegio de Abogados de Lima y con lo cual contribuyó a la formación de un cuerpo ilustrado, entre los que destacan los próceres e ideólogos del proceso independentista como Francisco Javier Luna Pizarro primer presidente del Congreso Constituyente (1822); Francisco Javier Mariátegui y José Sánchez Carrión, fi rmes defensores de los valores republicanos, secretarios del primer congreso constituyente y miembros de la comisión encargada de redactar la Constitución de 1823 (Basadre, 2014); Que, la obra es el resultado del trabajo intelectual de destacados juristas, esto es, los juristas José Antonio de Oquendo, Ambrosio Fernández Cruz, Vicente Morales Duárez y José Gerónimo Vivar. Por otro lado, la obra no solo normó la profesión, sino que también in fl uyó en el pensamiento jurídico y social de la época virreinal tardía y de las primeras décadas del Perú independiente; Que, en cuanto a la importancia, la unidad bibliográ fi ca corresponde a una primera edición. Fue publicada por la imprenta de la Real Casa de Niños Expósitos, también conocida como de los Huérfanos. La imprenta fue uno de los talleres tipográ fi cos más importante de mediados del siglo XVIII y de las primeras décadas del siglo XIX. La imprenta recibió privilegios por parte de la corona española para imprimir las disposiciones legales emitidas por el gobierno peninsular; Que, en síntesis, la importancia, valor y signi fi cado de la unidad bibliográ fi ca (1808) perteneciente a la biblioteca del Ilustre Colegio de Abogados de Lima radica principalmente en su materialidad, puesto que presenta singularidades que la diferencian de otros ejemplares. Entre ellas destaca el exdono de Delia Revoredo Marsano, destacada abogada peruana y especialista en derecho internacional quien fue la primera mujer electa como decana del Colegio de Abogados de Lima y la primera mujer magistrado que integró el Tribunal Constitucional;Que, en atención a lo expuesto la unidad bibliográ fi ca constituye un ejemplar relevante para la cultura peruana y reúne las condiciones de importancia, valor y signi fi cado para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación, siendo esto así, los informes mencionados constituyen parte integrante de esta resolución; Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a una (01) unidad bibliográ fi ca Estatutos para el gobierno, y dirección del ilustre Colegio de Abogados de la ciudad de Lima formados con arreglo a la Real Cédula de su erección dada en Madrid a 31 de julio de 1804, aprobados por esta Real Audiencia (1808) , perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Lima, conforme al anexo de esta resolución. Artículo 2. - Comunicar la resolución a la Biblioteca Nacional del Perú y noti fi carla al Ilustre Colegio de Abogados de Lima conjuntamente con los informes que le sirven de sustento. Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2426304-1 Información actualizada a su alcance andina.peDESEA QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe