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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (11/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 11 de agosto de 2025 El Peruano / trabajos agrícolas que los lugareños realizan, en cuyo proceso se genera la destrucción de algunos segmentos de muro con cuyos elementos líticos construyen sus linderos. Este proceso de ocupación de sus parcelas es registrado de manera constante con el riesgo de que este proceso siga creciendo y cada vez más aparezcan construcciones modernas sobre las terrazas y junto a los recintos, además de la apertura de algunas calles horizontales y transversales, a esto se suma la intensión de realizar instalaciones de agua y energía eléctrica, lo cual constituye un peligro permanente. Factores Naturales En los recintos que se encuentran ubicados en la parte baja del sector A y del sector B, se veri fi ca la proliferación de maleza consecuencia de las constantes precipitaciones pluviales sobre todo en las cabeceras de los muros, lo cual genera la pérdida de estabilidad por pandeamiento y posterior colapso de algunos segmentos de estructuras prehispánicas. La proliferación permanente de vegetación también infl uye en el deterioro y la inestabilidad de algunas estructuras prehispánicas, debido a que algunas plantas arbustivas se han desarrollado sobre los muros cuyas raíces generan empujes de los elementos líticos y deterioro del núcleo de las estructuras y fi nalmente el colapso de los mismos. Este factor de deterioro es una constante por la presencia de precipitaciones fl uviales; Que, mediante Informe N° 001513-2025-UAJ/MC, la Unidad de Asesoría Jurídica, luego de advertir la Resolución Viceministerial N° 000023-2025-VMPCIC/MC de fecha 17 de enero de 2025 y los informes técnicos emitidos bajo responsabilidad por las áreas técnicas pertinentes, recomienda emitir la Resolución Directoral que, Determine la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico denominado “Paisaje Arqueológico de Waynatauqaray”, ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; Con los vistos de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural, la Coordinación de Catastro y Saneamiento Físico Legal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cado por la Ley N° 31770 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000023-2025-VMPCIC/MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico denominado “Paisaje Arqueológico de Waynatauqaray”, ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano con código DDC CUSCO PP 2025 005 que presenta las siguientes coordenadas: Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400ATENCIÓN COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pePublicidad web para negocios, empresas y emprendedores www.elperuano.pe