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14 NORMAS LEGALES Lunes 6 de enero de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA Autorizan viaje del alcalde a Japón, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 080-2024-MPU/C Urubamba, 5 de diciembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, en Sesión Ordinaria de fecha 05/12/2024, bajo la convocatoria y presidida por señor alcalde Ing. Ronald Vera Gallegos y la asistencia de los regidores: Sr. Yuri Robinson Durand Flores, María Guadalupe Romero Ochoa, Sr. Roberto Rojas Concha, Sra. Olga Hanco Huamaní, Sr. Efraín Achahui Cuyro, Sra. Victoria Quispe Tito, Sr. Marcos Marcial Concha Tupayachi, Sra. Cinthia Fiorela García Tisoc, y el Sr. Mariano Tapia Yupanqui; y VISTO: El acta de la sesión ordinaria del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Urubamba de fecha 05/12/2024, en la que se debatió la autorización de viaje al exterior del país del señor alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, la misma que fue sustentada por el Ing. Ronald Vera Gallegos; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el artículo 41° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda; Que, el artículo 9° numeral 11) de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, sobre atribuciones del Concejo Municipal, señala: Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala: Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Autorizan la difusión en consulta pública de proyecto normativo que aprueba el nuevo Reglamento de Clasificación y Valorización de las Inversiones de las Empresas del Sistema Financiero RESOLUCIÓN SB S N° 00004-2025 Lima, 2 de enero de 2025 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se encarga de regular, supervisar y fi scalizar las entidades del sistema fi nanciero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y otras leyes; Que mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 26702, se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos; Que dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS que establece el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, así como con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, la Superintendencia considera relevante armonizar su normativa contable referida a inversiones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); Que, en cumplimiento de lo antes referido, la Superintendencia dispone aprobar, mediante resolución de Superintendencia, sus proyectos normativos y publicarlos en su sede digital con el objetivo de asegurar la participación efectiva del público en general, y; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Estudios Económicos, de Riesgos, y de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el nuevo Reglamento de Clasifi cación y Valorización de las Inversiones de las Empresas del Sistema Financiero, en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- El plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en el artículo anterior es de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2358726-1