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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2025 (06/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 6 de enero de 2025 El Peruano / NTP-ISO 17075:2010 (revisada el 2015) CUERO. Ensayos químicos. Determinación del contenido en cromo VI. 1a Edición NTP 350.109:1998 (revisada el 2014) MEDICIÓN DEL FLUJO DE AGUA EN CONDUCTOS CERRADOS. Medidores para agua potable fría. Terminología y clasificación. 1a Edición NTP 833.960:2006 GUÍA DE INTERPRETACIÓN DE LA NTP-ISO 9001:2001 PARA SU APLICACIÓN EN EL SECTOR PYMES. 1ª Edición NTP 833.916:2005 SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD EN LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Directrices para el establecimiento de indicadores. 1a Edición NTP-ISO 22004:2017 Sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Lineamientos para aplicación de ISO 22000. 2ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización 2358602-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas y textos afines sobre tubo de acero inoxidable para agujas, vehículos de carretera y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 035-2024- INACAL/DN Lima, 27 de diciembre de 2024 VISTO: El acta de fecha 27 de diciembre de 2024 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afi nes; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y textos afi nes a las Actividades de normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Artesanías, b) Tecnología para el cuidado de la salud, c) Gas natural seco, d) Salud y seguridad ocupacional, e) Pescados, mariscos y productos derivados, f) Confitería, g) Gestión ambiental, h) Aceros y aleaciones relacionadas, i) Transporte eléctrico, j) Energías renovables no convencionales, k) Sistema de gestión de calidad para promover la integridad, l) Evaluación de la conformidad, proponen aprobar 18 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y textos afines, y dejar sin efecto 05 Normas Técnicas Peruanas; sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes; Que, mediante el Informe N°020-2024-INACAL/ DN.PN de fecha 19 de diciembre de 2024, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y textos afi nes, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, con base a los informes de los Comités Técnicos de Normalización descritos precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2023-INACAL/PE; en sesión de fecha 27 de diciembre del año 2024, acordó por unanimidad aprobar 18 Normas Técnicas Peruanas y textos afi nes, y dejar sin efecto 05 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos afi nes, por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224: NTP 399.504:2024 PRODUCTOS DE JOYERÍA Y ORFEBRERÍA ARTESANAL. Elaborados en metales preciosos. Requisitos. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 399.504:2013 (revisada el 2018) NTP-ISO 9626:2024 Tubo de acero inoxidable para agujas utilizado en la fabricación de dispositivos médicos. Requisitos y métodos de ensayo. 1ª Edición NTP-ISO 19723-2:2024 Vehículos de carretera. Sistemas de combustible de gas natural licuado (GNL). Parte 2: Métodos de ensayo. 1ª Edición NTP-ISO 45006:2024 Gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Directrices para las organizaciones sobre prevención, control y gestión de enfermedades infecciosas. 1ª Edición NTP 204.039:2024 HARINA DE PESCADO. Almacenamiento. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 204.039:1986 (Revisada el 2010)