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6 NORMAS LEGALES Lunes 6 de enero de 2025 El Peruano / Concursos Públicos del Consejo del Notariado; los Memorandos Nº 736-2024-JUS/CN/P y Nº 748-2024-JUS/CN/P de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe Nº 1981-2024-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado califi cador; Que, conforme consta del Acta de Adjudicación de plazas convocadas en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Arequipa (Nº 001-2023-CNA), convocado por el Consejo de Notariado, se han cumplido las diferentes fases del referido concurso público, resultando ganador el señor Sergio Moisés Figueroa Cercedo , de la plaza notarial correspondiente al distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa, Distrito Notarial de Arequipa; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo Nº 1049, dispone que, concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultánea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS, establece que “el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o la declaración de plazas desiertas por parte del Jurado Califi cador, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas”; por lo que, habiéndose cubierto en el concurso mencionado una de las plazas notariales convocadas, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013- 2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al señor abogado SERGIO MOISÉS FIGUEROA CERCEDO, como notario del distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa, Distrito Notarial de Arequipa, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Arequipa y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2359114-1Nombran Notario del distrito de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, Distrito Notarial de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0003-2025-JUS Lima, 3 de enero de 2025 VISTOS, el Informe Nº 037-2024-JUS/CN/CP, de la Coordinación de Concursos Públicos del Consejo del Notariado; el Memorando Nº 683-2024-JUS/CN/P, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe Nº 1949-2024-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0081-2022- JUS, de fecha 24 de marzo de 2022, se nombró al señor abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIERREZ como notario del distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, distrito notarial de Ica; Que, el señor abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIERREZ presenta al Decano del Colegio de Notarios de Ica su renuncia al cargo de notario del distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, distrito notarial de Ica, al haber sido declarado ganador de la plaza notarial en el distrito de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, distrito notarial de Arequipa en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial Nº 001-2023-CNA; Que, mediante Ofi cio Nº 0898-2024-CNI, de fecha 05 de noviembre de 2024, el Decano del Colegio de Notarios de Ica comunica la renuncia del abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIERREZ a la plaza notarial del distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, distrito notarial de Ica; Que, conforme consta de las actas del Jurado Califi cador del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Arequipa Nº 001-2023-CNA, el señor abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIERREZ ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, distrito notarial de Arequipa; Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, siendo estos actos o procedimientos materiales condicionantes para la cancelación del título de notario, más aún cuando ésta obedece a un hecho objetivo como ocurre en el caso del señor abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIERREZ, que ha resultado ganador de otra plaza notarial en la que debe ejercer la función notarial; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con efi cacia a partir del día siguiente de su juramentación e incorporación como notario del distrito de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, distrito notarial de Arequipa; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1049 y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2022- JUS y normas conexas, el señor abogado BORIS ANTONIO VILCA GUTIERREZ ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, distrito notarial de Arequipa; conforme consta del Acta de Adjudicación de plazas convocadas en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial