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56 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de enero de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2361998-9 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 097-2025-MP-FN Lima, 14 de enero de 2025 VISTOS:El informe Nº 000070-2024-MP-FN-CN-FISPREV y el informe Nº 00099-2024-MP-FN-OREF-EPCC, y; CONSIDERANDO:Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el informe de vistos, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, se elevó las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cusco. Asimismo, a través del o fi cio Nº 001222-2024-MP-FN-UEDFCUSC, suscrito por la señora Nancy Alicia Delgado Tenorio, gerente administrativa de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Cusco, remite el informe Nº 000794-2024-MP-FN- UEDFCUSC-APH, cursado por la señora Liliana Figueroa Tapia, jefa del Área de Potencial Humano, en el cual señala que la citada plaza cuenta con código AIRHSP Nº 000722 y con disponibilidad presupuestal. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar a la abogada Rosmery Lizeth Ramírez Jaramillo como fi scal adjunta provincial del Distrito Fiscal de Cusco, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cusco; nombramiento y designación que surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en los considerandos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que señala las condiciones resolutorias aplicables a los fi scales provisionales. Cabe acotar que la mencionada abogada, se encuentra laborando a plazo indeterminado dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA); por lo que, corresponde la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Rosmery Lizeth Ramírez Jaramillo, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándola en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cusco, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtan efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2361998-10 Aceptan renuncia de fiscal del Distrito Fiscal de Lima Noroeste RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 098-2025-MP-FN Lima, 14 de enero de 2025VISTO: El o fi cio Nº 003328-2024-MP-FN-PJFSLIMA NOROESTE e informe Nº 00094-2024-MP-FN-OREF/ EPCC, y; CONSIDERANDO:Mediante carta presentada con fecha 5 de noviembre de 2024, ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, la abogada Cynthia Vanessa Mostajo Lindo, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designada en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa; presenta su renuncia al cargo, por motivos laborales, señalando como último día de labores el 5 de noviembre de 2024 y solicita la exoneración del plazo de ley. En esa línea, la referida carta de renuncia, cuenta con la conformidad de su jefe inmediato la abogada Nélida Huamán Quispe, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designada en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa, quien para tal fi n suscribe la carta en mención. A través del o fi cio de visto, el abogado Plinio Hugo Hermoza Orosco, en ese entonces, encargado de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, eleva la citada carta de renuncia, por intermedio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-