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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2025 (10/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 10 de julio de 2025 El Peruano / 0000001862 aprobado con fecha 06 de marzo de 2025; y los Informes Técnicos de Tasación Nº 03227-2023 y 03232-2023 VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC/TASACIONES, correspondientes a los inmuebles identi fi cados con códigos 2508148-QEL-FSR-52 y 2508148-QEL-FSR-61, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Políticas y Regulación de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; Que, con el Informe Nº 000657-2025-ANIN/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30556 y el Decreto Legislativo Nº 1192 resulta legalmente viable que la Jefatura emita la Resolución que aprueba la ejecución de la expropiación y la consignación vía judicial de los valores de las Tasaciones de las áreas afectadas de los inmuebles, con códigos 2508148-QEL-FSR-52 y 2508148-QEL-FSR-61; Con los vistos de la Dirección de Gestión Predial, Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias; y la Resolución Jefatural Nº 002-2023-ANIN-JEFATURA que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas afectadas de los Bienes Inmuebles y de los valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de los inmuebles en duplicidad afectados por la ejecución del Proyecto: “Creación de los Servicios de protección contra inundaciones de las aguas de las avenidas de la cuenca de la Quebrada El León en los distritos de la Esperanza y Huanchaco de la provincia de Trujillo - departamento de La Libertad”, identi fi cado con CUI Nº 2508148, y el valor de la Tasación de los mismos, correspondientes a los códigos 2508148-QEL-FSR-52 y 2508148-QEL-FSR-61, conforme se detalla en el siguiente cuadro y en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural: SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/)CÓDIGO DE INMUEBLE NºÁREA AFECTADAINSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICAAFECTACIÓN AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA1. ANA CECILIA DIAZ OLAZO DE JACH 2. CARLOS ALBERTO DIAZ RONCAL3. CARMEN DEL PILAR RONCAL CANALES4. CESAR ADOLFO DIAZ RONCAL5. EDUARDO JAVIER DIAZ RONCAL6. LUIS GUILLERMO DIAZ OLAZO7. MILUSKA ROSARIO DIAZ OLAZO8. VICTOR AGUSTIN DIAZ RONCAL9. GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD2508148-QEL-FSR-52 4,528.74 m²Partidas Nos. 11373045 y 11014009 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral Nº V - Sede TrujilloPARCIAL 45,740.27 1. ANA CECILIA DIAZ OLAZO DE JACH 2. CARLOS ALBERTO DIAZ RONCAL3. CARMEN DEL PILAR RONCAL CANALES4. CESAR ADOLFO DIAZ RONCAL5. EDUARDO JAVIER DIAZ RONCAL6. LUIS GUILLERMO DIAZ OLAZO7. MILUSKA ROSARIO DIAZ OLAZO8. VICTOR AGUSTIN DIAZ RONCAL9. MARLENY CAROLINA NIEVES VILLANUEVA10. GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD2508148-QEL-FSR-61 89.93 m²Partidas Nos. 11355033 y 11014009 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral Nº V - Sede TrujilloPARCIAL 2,188.00 Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que, la Dirección de Gestión Predial elabore el expediente con la información y documentación necesaria para que la Procuraduría Publica de ANIN solicite en la vía judicial la consignación de los valores de las Tasaciones a nombre de los titulares registrales de las partidas que comprenden a los inmuebles con códigos 2508148-QEL-FSR-52 y 2508148-QEL-FSR-61, de acuerdo a lo establecido en el numeral 29.4 del artículo 29 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias. Dicha consignación se mantiene hasta que se establezca de modo de fi nitivo la propiedad de los predios en la vía judicial, arbitral o en otro mecanismo de solución de controversias. Disponer que la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración, previa coordinación con la Procuraduría Pública de la ANIN, consigne en el Banco de la Nación, los montos de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y la Ley Nº 30556 y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y noti fi cada la consignación, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 4.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura las áreas expropiadas de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias. Artículo 5.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las partidas registrales de los inmuebles inscritos en duplicidad, respecto de los inmuebles con códigos 2508148-QEL-FSR-52 y 2508148-QEL-FSR-61. Los acreedores pueden cobrar