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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a Guatemala y encargan su Despacho al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2025-PCM Lima, 18 de julio de 2025 CONSIDERANDO: Que, la Plataforma de Acción Climática en Agricultura de Latinoamérica y el Caribe (PLACA) es un mecanismo regional que agrupa a los ministerios de agricultura de los países de América Latina y el Caribe, que tiene como objetivo promover y fortalecer la colaboración entre países mediante iniciativas, plataformas de múltiples actores y alianzas con instituciones regionales e internacionales, orientadas a la implementación de medidas de mitigación y adaptación frente al cambio climático y la variabilidad climática en el sector agrario; asimismo, busca apoyar las estrategias nacionales considerando las dimensiones social, ambiental y económica, así como, generar sinergias con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, y con la Convención sobre Diversidad Biológica y de Lucha contra la Deserti fi cación y la Sequía; Que, desde julio del año 2024, la Presidencia de la PLACA es asumida por la República de Guatemala, y la co-Presidencia por la República del Perú; Que, mediante la Carta S/N de fecha 29 de abril de 2025, el Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la República de Guatemala invita al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego de la República del Perú a participar en la Sesión de apertura de la Asamblea de la PLACA, que se llevará a cabo los días 23, 24 y 25 de julio de 2025; y, en la ceremonia de traspaso para asumir la Presidencia de la PLACA, para el periodo 2025-2026, que se realizará el 23 de julio de 2025, en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala; Que, en la referida Asamblea se tiene previsto desarrollar el Taller sobre Gobernanza Climática Territorial y Alianzas Estratégicas en Agricultura; elegir a la nueva co-Presidencia de la PLACA; así como, presentar y aprobar el Plan de Trabajo julio 2025- julio 2026, entre otras actividades; Que, la participación del señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego en los referidos eventos reviste especial importancia, dado que se asumirá la presidencia de la PLACA, rol que fortalecerá la posición del Perú como un referente regional en agricultura sostenible y en la adaptación al cambio climático, facilitando la colaboración con otros países para el intercambio de conocimientos, tecnologías y buenas prácticas orientadas a la implementación de políticas climáticas en el sector agrario; asimismo, le permitirá conocer estrategias para el fortalecimiento de capacidades nacionales en materia de mitigación y adaptación frente al cambio climático que se podrá replicar en el Perú; Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, para participar en los citados eventos; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego en los referidos eventos serán cubiertos por la Presidencia de la República de Guatemala y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, resulta necesario encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad Guatemala, República de Guatemala, del 22 al 26 de julio de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALEZ GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2421244-5 Aprueban ejecución de la expropiación del área afectada de inmueble por la ejecución del Proyecto: “Creación del servicio de protección ante inundaciones en el Río Casma, Río Sechín y Río Grande, en los distritos de Comandante Noel, Buena Vista, Casma y Yaután - 4 distritos de la Provincia de Casma - Departamento de Ancash” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000104-2025- ANIN/JEF Jesús María, 18 de julio de 2025 VISTOS:El Memorando N° 002674-2025-ANIN/DIME e Informe N° 000587-2025-ANIN/DIME-UFSI-PQ4CAS.HUA de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, el Informe N° D00002205-2024-ANIN/ OA-UA de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración, el Memorando N° 01142-2025-ANIN/DGP e Informe N° 075-2025-ANIN/DGP-JTP de la Dirección de Gestión Predial y el Informe N° 000709-2025-ANIN/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 31841, se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), como un organismo público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas a su cargo;