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17 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / Aprueban los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES N° 005-2025-PCM/ SGRD Lima, 17 de julio de 2025CONSIDERANDO:Que, por el artículo 1, de Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), se crea dicho sistema como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3, de la citada Ley N° 29664, de fi ne a la Gestión del Riesgo de Desastres, como un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. Asimismo, está basada en la investigación cientí fi ca y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, de otro lado, el inciso a) del artículo 19 de la mencionada Ley N° 29664, considera como el primer instrumento de dicho Sistema que debe ser establecido para el cumplimiento de dicha Ley y de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, al Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Asimismo, que el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres sirve de marco para la elaboración de los planes especí fi cos que son aprobados por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, de acuerdo a sus competencias, bajo responsabilidad, para lo cual el ente rector del SINAGERD aprueba los lineamientos sobre las competencias, formulación, aprobación, implementación y periodicidad de los planes especí fi cos en materia de Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el Decreto Supremo N° 038-2021-PCM, aprueba la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, cuya implementación y ejecución es de cargo de las entidades de la administración pública responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y servicios de dicha Política, y cuya conducción, seguimiento y evaluación se encuentra a cargo del ente rector del SINAGERD; Que, a su vez, el Decreto Supremo N° 115- 2022-PCM, aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2022-2030, cuya implementación es de cargo de los tres niveles de gobierno, integrantes del SINAGERD, con responsabilidad en la provisión de los servicios de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050; Que, el artículo 39, del Reglamento de la mencionada Ley N° 29664, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 060- 2024-PCM, establece que las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, de acuerdo a sus competencias, formulan y aprueban planes especí fi cos en materia de Gestión del Riesgo de Desastres, entre otros, el Plan de Gestión Reactiva, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y de acuerdo a los lineamientos aprobados por el ente rector del SINAGERD; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.1, del artículo 9, del mencionado Reglamento de la Ley N° 29664, modi fi cado por Decreto Supremo N° 060-2024-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) tiene la función de asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación; Que, en dicho contexto legal, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), mediante O fi cio N° 001326-2024-INDECI/JEF INDECI, sustentado en los Informes Técnicos N° 00099-2024-INDECI/DIPPE y N° 000108-2024.INDECI/DEPPE de la Dirección de Políticas, Planes y Evaluación, e Informe Legal N° 000340-2024-INDECI/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INDECI, propone y sustenta el proyecto normativo denominado “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva”; Que, los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva”, establece disposiciones para la formulación, aprobación y actualización del Plan de Gestión Reactiva a ser desarrollado por las entidades de los tres niveles de gobierno integrantes del SINAGERD, de acuerdo a sus competencias, con carácter inclusivo, y con enfoque de derechos, de género e intercultural, el mismo que reemplaza a los planes de contingencia, preparación, operaciones de emergencia y rehabilitación, y cuya fi nalidad es la de fortalecer las capacidades de planeamiento y operaciones correspondientes a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (PLANAGERD 2022-2030) y la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (PNGRD 2050), para salvaguardar la vida de la población y sus medios de vida ante la ocurrencia de emergencias o desastres; Que, a través del Informe N° D000009-2025- PCM-SGRD-BAS se recomienda la aprobación de los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva”, cuya propuesta ha sido presentada por el INDECI; Que, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), la Presidencia del Consejo de Ministros, es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Que, los artículos 120 y 121 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, dispone que la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, y ejerce la rectoría del SINAGERD; entre sus funciones se encuentra el de aprobar normas, directivas, estándares, lineamientos, mecanismos, instrumentos y demás disposiciones, en materia de gestión del riesgo de desastres; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución de Secretaría; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664 y su modi fi catoria, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y sus modi fi catorias; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría y los Lineamientos aprobados mediante el artículo Precedente, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.