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45 NORMAS LEGALES Domingo 27 de julio de 2025 El Peruano / exclusiva responsabilidad del personal de las unidades orgánicas que participaron en el procedimiento, en el marco del principio de presunción de veracidad y de buena fe procedimental. En tal sentido, la decisión del Pleno del Consejo Regional no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente, ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley. Del mismo modo deslinda de responsabilidad por los errores materiales que subsistieran como consecuencia de la aprobación del presente acuerdo regional; En Sesión Ordinaria de fecha 02 de julio del 2025, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR, la Transferencia Financiera en mérito al Marco del Convenio Nº 089 de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Provincial de Atalaya, suscrito de fecha 06 de setiembre del 2024, para la “CREACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES Y DESBORDES EN EL CAÑO PASCUAL ALEGRE DE LA JUNTA VECINAL PASCUAL ALEGRE EN LA CIUDAD DE ATALAYA - DISTRITO DE RAYMONDI - PROVINCIA DE ATALAYA - DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, con CUI Nº 2551166 por el monto de S/. 3,239.311.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE CON 00/100 SOLES), conforme se esboza de los informes técnicos y legales que forman parte del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, que la transferencia fi nanciera aprobada en el presente acuerdo regional, no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al señalado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR, a la Gerencia Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad para que realice el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la presente transferencia, sin perjuicio del seguimiento por parte de los consejeros regionales, a fi n de cautelar el cumplimiento de la fi nalidad de la transferencia aprobada. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, formalice las acciones administrativas correspondientes para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Artículo Quinto.- NOTIFICAR, al Gobernador Regional Ucayali, Gerencia General Regional y a las instancias administrativas correspondientes el presente acuerdo regional para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” conforme a ley y, a través del Portal Web institucional: www.gob.pe/regionucayali POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME OBDULIO GARCÍA FERNÁNDEZ PresidenteConsejo Regional 2419481-1 199 998 732 529Visitas guiadas presenciales: colegios, institutos universidades, público en general, previa cita Recorrido desde el siguiente enlaceVISITA PRESENCIAL Y VIRTUAL Jr. Quilca 556 - Lima 1 www.editoraperu.com.pe