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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2025 (27/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 27 de julio de 2025 El Peruano / Nº 000723-2025/OPPM/RENIEC (09JUL2025), de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000214-2025/OPPM/UPI/RENIEC (09JUL2025), de la Unidad de Planeamiento e Inversiones; el Informe N° 000364-2025/OPPM/UP RENIEC (09JUL2025), de la Unidad de Presupuesto, ambas unidades de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 000157- 2025/GG/RENIEC (18JUL2025), de la Gerencia General y el Informe Nº 000840-2025/OAJ/RENIEC (22JUL2025), de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del RENIEC mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identi fi cación que los individualice de los demás; Que mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de marzo de 2025, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Generales el día domingo 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Asimismo, se precisó que, en caso de que ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos, la segunda vuelta se realizaría el 7 de junio de 2026; Que mediante Ley Nº 32270 publicada en el diario ofi cial El Peruano el 24 de marzo de 2025, se incorporó el Capítulo 5 del Título IX de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, regulando el voto digital para su uso voluntario y aplicación progresiva; Que de acuerdo con el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley antes citada, se establece que “lo dispuesto en la presente ley es de aplicación progresiva, por lo que se autoriza a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para determinar el ámbito de aplicación del programa piloto del voto digital, priorizando a la población electoral de peruanos residentes en el extranjero, de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, de las comunidades campesinas, de los pueblos indígenas; así como a otras que, por su naturaleza, considere pertinente”; Que en concordancia con ello, en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Voto Digital, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000065-2025-JN/ONPE (22ABR2025), para las Elecciones Generales 2026, los grupos prioritarios para la aplicación del voto digital son establecidos por la ONPE en aplicación de la Ley N° 32270; Que en ese sentido, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, emite la Resolución Jefatural N° 000069-2025-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 01 de mayo de 2025, mediante el cual establece la inclusión para la aplicación del voto digital en las Elecciones Generales 2026 de varios grupos prioritarios, entre los que se encuentran el personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que en virtud a ello, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, mediante documento de vistos, solicita la emisión de la resolución jefatural de gratuidad para 11,000 procedimientos de recti fi cación de imágenes y datos del documento nacional de identidad electrónico (DNIe), durante el año 2025, para los bomberos voluntarios del Perú a nivel nacional que tengan un DNI convencional o cuyo DNI electrónico se encuentre vencido o esté próximo a vencer; Que el artículo 98° del Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de los documentos de vistos señala que lo solicitado por la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional del presente año, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, evalúa lo solicitado y emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y sus modi fi catorias, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad hasta la meta de 11,000 procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales (RUIPN) de recti fi cación de imágenes y datos del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) durante el año 2025, para los bomberos voluntarios del Perú a nivel nacional, que tengan un DNI convencional o cuyo DNI electrónico se encuentre vencido o esté próximo a vencer el 2025. Artículo Segundo.- Los procedimientos referidos en el artículo precedente deben ser gestionados en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, hasta el 31 de diciembre del 2025. Artículo Tercero.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán con cargo al presupuesto institucional del presente año, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la O fi cina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Artículo Quinto.- La presente Resolución Jefatural deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Entidad (www.gob.pe/reniec). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2423119-1