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5 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de junio de 2025 El Peruano / del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2412796-1 AMBIENTE Decreto Supremo que modifica los artículos 4, 8, y 12 del Reglamento de Notificación Obligatoria Vía Casilla Electrónica del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2021-MINAM, Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del Ministerio del Ambiente y aprueba su Reglamento DECRETO SUPREMO Nº 013-2025- MINAM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 20.1 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº004-2019-JUS (en adelante, el TUO de la LPAG), establece las modalidades de noti fi cación y su orden de prelación; Que, conforme lo dispone el numeral 20.4 del artículo 20 del TUO de la LPAG, la entidad que cuente con disponibilidad tecnológica puede asignar al administrado una casilla electrónica, gestionada por esta, para la notifi cación de actos administrativos, así como de actuaciones emitidas en el marco de cualquier actividad administrativa, siempre que cuente con el consentimiento expreso del administrado; Que, asimismo, el citado artículo señala que, mediante decreto supremo del sector, previa opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se puede aprobar la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1412, se aprueba el Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, el cual establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; Que, posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, se aprueba el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, el mismo que desarrolla, entre otros, reglas para las obligaciones que asumen las entidades públicas y los administrados en el uso de la casilla electrónica, en el proceso de validez y e fi cacia de la noti fi cación mediante la casilla electrónica; Que, en este contexto, se emite el Decreto Supremo Nº 013-2021-MINAM, Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica del Ministerio del Ambiente y aprueba su Reglamento;Que, posterior a ello, mediante la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica, se regula la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del TUO de la LPAG y de aquellos previstos en los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las diferentes entidades de la administración pública; Que, asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 075-2023-PCM, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, para mantener la coherencia normativa en el ordenamiento jurídico que permita generar predictibilidad y seguridad jurídica en las entidades de la Administración Pública y personas en general; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario modi fi car el Decreto Supremo Nº 013-2021-MINAM, Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica del Ministerio del Ambiente y aprueba su Reglamento, con la fi nalidad de adecuar y actualizar su contenido conforme a las disposiciones otorgadas en la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica y conforme a las modi fi caciones realizadas al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM; Que, en virtud al numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, la presente norma ha sido declarada como excluida del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital; el Decreto Supremo 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo; Decreto Supremo Nº 075-2023-PCM, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, y la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; DECRETA:Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene por objeto modi fi car los artículos 4, 8 y 12 del Reglamento del Decreto Supremo Nº 013-2021-MINAM, Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla