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69 NORMAS LEGALES Martes 11 de marzo de 2025 El Peruano / ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, LA INSCRIPCIÓN DEL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL PARA LA INMATRICULACIÓN, COMO PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO, DEL TERRENO UBICADO EN EL CERCADO DE ICA, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA, EN DONDE SE ENCUENTRA UBICADA LA PLAZA DE ARMAS DE ICA, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. Artículo Primero.- AUTORIZAR al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ica, Ing. Carlos Humberto Reyes Roque, para que proceda a la inscripción del Saneamiento Físico Legal para la Inmatriculación, como Primera Inscripción de Dominio del Terreno Ubicado en el cercado de Ica, del distrito, provincia y departamento de Ica, en donde se encuentra ubicada la Plaza de Armas de Ica, a favor de la Municipalidad Provincial de Ica. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración, para que por intermedio de la Subgerencia de Logística e Informática, realicen la PUBLICACIÓN de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el diario de mayor circulación regional, de acuerdo al artículo 56° numeral 1) y al artículo 58°, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con lo establecido en el numeral 114.1, del artículo 114° del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Web Institucional: www.muniica.gob.pe Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Ica, se sirva NOTIFICAR la presente Ordenanza Municipal, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Ofi cina de Administración, Subgerencia de Control Patrimonial y Equipo Mecánico, O fi cina de Asesoría Jurídica, Sala de Regidores y a las demás Gerencias y Subgerencias para el fi el cumplimiento de lo aprobado por el Pleno del Concejo Municipal de Ica. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS HUMBERTO REYES ROQUE Alcalde 2374042-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CARLOS FERMIN FITZCARRALD Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial Carlos Fermín Fitzcarrald ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0018-2024- MPCFF San Luis, 5 de diciembre de 2024. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARLOS FERMIN FITZCARRALD POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARLOS FERMÍN FITZCARRALD. VISTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 22-2024-MPCFF, de fecha 05 de diciembre del 2024; y,CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad , en armonía de las políticas públicas planes nacionales y regionales de desarrollo, concordante con lo estipulado en el artículo II del TÍTULO PRELIMINAR de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los numerales 40.1 y 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley Nº 27444), contempla que “los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”; y, que “los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente”; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, se crea el SUT como una herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del TUPA, así también constituye el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos (PA) y servicios prestados en exclusividad (SE), formulados por las entidades de la Administración Pública, el cual es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros. El SUT tiene como fi nalidad registrar, integrar y optimizar, los procesos respecto a la elaboración, aprobación y publicación de los TUPA de las entidades públicas bajo los lineamientos emitidos por el ente rector, responsable de su administración; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprueban los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA. Asimismo, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2012-PCM-SGP se aprueba la Guía de Simpli fi cación Administrativa y determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, conforme al Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Informe Tecnico Nº 322-2024-MPCFF- SL/OGPP/GNVL de fecha 25/09/2024. El Gerente de Planeamiento y Presupuesto, emitió un informe técnico evidenciando que el nuevo Proyecto del TUPA, cumple con todos los parámetros correspondientes conforme a la normativa vigente, asi como también solicita la opinión legal para su aprobacion en sesión de Concejo Municipal. Que, mediante Informe Legal Nº 139-2024-MPCFF/ LMASR de fecha 28 de noviembre de 2024, el Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, emite su opinión legal bajos los siguientes argumentos: resulta PROCEDENTE la aprobacion del proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald. Que, mediante Informe Nº 077-2024-MPCFF-SL/GM de fecha 29 de noviembre de 2024, la Gerencia Municipal remite el informe sobre el “Proyecto del Texto Único de Procedimientos de la Municipalidad Provincial de Carlos