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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2025 (14/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 14 de marzo de 2025 El Peruano / Regional Nº 016-2020-GORE-ICA y de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER la difusión de la presente Ordenanza Regional por parte de las municipalidades de la región y exhortar a su cumplimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región, en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica y todas sus dependencias descentralizadas. Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación. En la ciudad de Ica, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. WASHINGTON ALEXANDER SOTELO LUNA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica, a los 4 días del mes de marzo del dos mil veinticinco. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA Gobernador Regional 2380185-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Modifican artículos 40º y 41º del Anexo de la Ordenanza Nº 535/MDSJM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, e incorpora una Quinta Disposición Complementaria Final ORDENANZA Nº 544/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 27 de febrero de 2025 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que modi fi ca parcialmente la Ordenanza Nº 535/MDSJM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta entidad municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, y cuyo artículo 9º, numeral 8) señala que corresponde al concejo municipal “…Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos…”;Que, con Ordenanza Nº 535/MDSJM, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 25 de enero de 2025, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores; Que, con Informe Nº 030-2025-OPMyCT-OGPP/ MDSJM, la O fi cina de Planeamiento. Modernización y Cooperación Técnica solicita la modi fi cación parcial del Anexo de la ordenanza referida en el considerando precedente, en lo siguiente: a) Respecto a los artículos 40º y 41º, referidos a la Procuraduría Pública Municipal; y b) Incorporar una Quinta Disposición Complementaria Final, referida a la denominación de los cargos para posteriores instrumentos de gestión a actualizar; modi fi cación que debe veri fi carse en vía de e fi cacia anticipada al 27 de enero de 2025; lo que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 061-2025-OGPP/MDSJM), así como opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (Informe Nº 057-2025-OGAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 092-2025-GM/MDSJM); De conformidad con los artículos 9º, numeral 8), y 40º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con el Voto MAYORITARIO de los señores regidores, el Concejo Municipal de San Juan de Mira fl ores ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 40º Y 41º DEL ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 535/MDSJM QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, ASÍ COMO INCORPORA UNA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL Artículo Primero.- APROBAR, con e fi cacia anticipada al 27 de enero de 2025, la modi fi cación del artículo 40º del Anexo de la Ordenanza Nº 535/MDSJM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, cuyo texto será el siguiente: Artículo 40º.- Procuraduría Pública Municipal La Procuraduría Pública Municipal es el órgano de defensa jurídica, encargado de la ejecución de todas las acciones que conlleven a garantizar los intereses y derechos de la municipalidad, conforme a lo dispuesto en el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Depende funcional y administrativamente de la Procuraduría General del Estado y se rige por la normativa vigente en la materia. Artículo Segundo.- APROBAR, con e fi cacia anticipada al 27 de enero de 2025, la modi fi cación del artículo 41º del Anexo de la Ordenanza Nº 535/MDSJM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, cuyo texto será el siguiente: Artículo 41º.- Funciones de la Procuraduría Pública Municipal. Son funciones de la Procuraduría Pública Municipal, las siguientes: a) Promover y garantizar el ejercicio de la defensa y representación jurídica de la municipalidad y proteger sus intereses. b) Evaluar y proponer fórmulas tendientes a conseguir la conclusión de un proceso jurisdiccional, en aquellos casos cuyas estimaciones patrimoniales implican un mayor costo que el monto estimado que se pretende recuperar, conforme a la normativa vigente. c) Requerir a toda entidad pública información y/o documentos necesarios para evaluar el inicio de acciones o ejercer una adecuada defensa de la municipalidad. d)Evaluar el inicio de acciones legales cuando estas resulten más onerosas que el bene fi cio económico que se pretende para la municipalidad.