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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2025 (27/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Jueves 27 de marzo de 2025 El Peruano / la Ley N° 31433, establece que, “El Gobernador Regional tiene las siguientes atribuciones: (…) y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional, de conformidad con su plan de implementación, bajo responsabilidad”; asimismo, el artículo 39° de la norma precitada, señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…). Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, con el voto UNÁNIME de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA:Artículo Primero.- MODIFICAR, el ARTICULO PRIMERO del Acuerdo de Consejo Regional N° 013-2024-GRH-CR de fecha 05 de marzo de 2024, quedando redactado con el siguiente texto: “AUTORIZAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, efectuar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 316,991.00 (Trescientos Dieciséis Mil Novecientos Noventa y Uno con 00/100 soles) conforme a lo siguiente: CONCEPTO GENERICA DE GASTOSMONTO A TRANSFERIR S/ 100% Retribución Económica (Incluye IGV) del periodo 20242.4 “Donaciones y Transferencias”287,371.00 Derecho de designación por los periodos 2023-20242.5 “Otros Gastos” 29,260.00 TOTAL 316,991.00Precisando, que las Trasferencias Financieras se ejecutarán con cargo a las Genéricas de Gastos 2.4 “Donaciones y Transferencias” y 2.5 “Otros Gastos” con los montos considerados en el cuadro precedente, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control” y en la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, “Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025”. Artículo Segundo.- DEJAR, subsistente lo dispuesto en los artículos segundo y tercero del Acuerdo de Consejo Regional N° 013-2024-GRH-CR. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación del Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “el Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República modi fi cada por el artículo 3° de la Ley N° 30742 Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional a Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Administración, Contraloría General de la República, Órgano de Control Institucional, Interesados, y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal electrónico de la Institución, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICARDO WELLINGTHON PRADO GARCÍA Consejero DelegadoConsejo Regional 2384600-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES