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99 NORMAS LEGALES Jueves 27 de marzo de 2025 El Peruano / Artículo 5. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital y en el Portal de Transparencia Estándar de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura – SANIPES (www.sanipes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MONICA PATRICIA SAAVEDRA CHUMBE Presidenta Ejecutiva 2384557-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Establecen criterios para autorizar la excepción al plazo máximo para que los Pliegos del Gobierno Nacional y Regional aprueben el Plan Estratégico Institucional durante el ejercicio fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 032-2025/ CEPLAN/PCD Lima, 26 de marzo de 2025VISTO: El Proveído Nº 000753-2025-CEPLAN-DE, de la Dirección Ejecutiva; los Informes Nº 0170-2025-CEPLAN-DNCP y Nº 003-2025-CEPLAN-DNCP-SPP, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, y el Informe Nº 055-2025-CEPLAN-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 011-2025/CEPLAN/PCD, se estableció como plazo máximo para que los pliegos presupuestarios de nivel nacional aprueben y publiquen sus planes estratégicos institucionales - PEI con horizonte temporal al 2030, el día 31 de marzo de 2025;Que, mediante documentos del visto se sustenta la necesidad de establecer criterios para exceptuar del plazo para la aprobación de los PEI con cobertura al 2030, a los Pliegos del Gobierno Nacional y Regional; Con el visado del Director Ejecutivo, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la excepción al plazo máximo para que los Pliegos del Gobierno Nacional y Regional aprueben el Plan Estratégico Institucional durante el ejercicio fi scal 2025, conforme a los siguientes criterios: a. Que el Pliego cuente al 31 de marzo de 2025, con un PEI vigente con cobertura hasta el 2028, o b. Que el Pliego haya iniciado la formulación del PEI al 2030, habiendo conformado su Grupo de Trabajo antes del 31 de marzo del 2025. Artículo 2.- La solicitud de exoneración que se presente al CEPLAN, detallará la situación actual del proceso de formulación y adjuntará el sustento técnico correspondiente para su evaluación. El CEPLAN remitirá el estado situacional de la formulación de los PEI a la Contraloría General de la República. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico www.gob.pe/ceplan. Regístrese, comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo 2384381-1